Publicadas las vacantes informatizadas adjudicadas definitivamente (destinos definitivos) de los Cuerpos de Secundaria, PTFP, EOI, Artes y Conservatorios en Andalucía, así como las reducciones de jornada concedidas para el curso 2021-2022

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Plazo para las Permutas

El plazo para solicitar permutas es del 11 al 25 de agosto de 2021 ambos inclusive.

Recuerda que sólo los interinos tienen derecho a solicitar permutar los destinos de la Colocación de Efectivos.

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¿Cómo se pueden ver los listados completos de la Colocación de Efectivos?

Cuando se accede a la consulta individualizada de la Colocación de Efectivos, se puede ver la vacante adjudicada (si es el caso) en la parte de la pantalla que dice «Datos de la Adjudicación» (véase la captura de pantalla que mostramos más abajo). Si queremos ver el listado de la adjudicación completa hay que pulsar en el botón verde de la lupa que tiene la leyenda de «Ver mis puestos». Se abrirá entonces una ventana más pequeña donde seleccionaremos la bolsa y automáticamente se muestra una tabla con la adjudicación completa de vacantes.

Renuncias: Solicitud de no incorporación

Aquellos que han participado en la Colocación de Efectivos de manera voluntaria, como es el caso de los interinos, tienen la opción de renunciar al puesto adjudicado si cumplen una serie de requisitos mediante la solicitud de no incorporación al puesto adjudicado.

Para aquellos que cumplan los requisitos esta renuncia o solicitud de no incorporación a la vacante adjudicada no implica la expulsión de la bolsa y, en algunos casos, implica que te cuente el tiempo de servicio a efectos de ordenación en las bolsas de trabajo.

Ojo porque el plazo es muy limitado, solo tres días hábiles, del 11 al 13 de agosto de 2021, ambos inclusive.

Casos en los que se puede renunciar a la vacante sin ser excluido de la bolsa

La normativa vigente para interinos en Andalucía permite solicitar la no incorporación al puesto adjudicado en los siguientes casos (requisitos):

a) Hallarse en alguna de las situaciones que establece el artículo 87.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (sólo para el personal funcionario de carrera) o en el caso de interinos, que desempeñe un alto cargo en la Administración de la Junta de Andalucía o sus Organismos Autónomos, ocupe un puesto de trabajo adscrito a personal eventual en la mencionada Administración, ostente la condición de Diputado del Parlamento de Andalucía, Senador o Diputado de las Cortes Generales o desempeñe cargos electos en las Corporaciones Locales de Andalucía. Se le computará, a los solos efectos de ordenación en bolsa, el período de permanencia en los cargos o puestos mencionados

b) Hallarse disfrutando de los períodos de permiso relacionados con la maternidad, la paternidad, la adopción o el acogimiento, o del período de descanso legalmente establecido para la maternidad.

c) Tener a su cargo, para su cuidado, un hijo menor de tres años. Esta circunstancia solo podrá ser aplicada una vez por hijo y curso académico. Se le declara activo no disponible (contando el tiempo a efectos de bolsa) durante todo el curso, salvo que antes de la finalización el niño cumpla los tres años.

d) Tener a su cargo un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que por razones de edad, accidente o enfermedad, no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida. Esta circunstancia solo podrá ser aplicada una vez por curso académico.

e) Hallarse afectado el personal adjudicatario por enfermedad o accidente que imposibilite para el ejercicio de la docencia, tanto si se está o no en situación de incapacidad temporal. Esta circunstancia solo podrá ser aplicada una vez por curso académico.

f) Acreditar que existe una circunstancia sobrevenida de protección por ser víctima de violencia de género o víctima de terrorismo.

g) Encontrarse ocupando puestos adscritos a centros o programas educativos en el exterior, convocados por la Administración educativa, o hallarse trabajando o pendientes de incorporación en el extranjero en programas o tareas de cooperación internacional, a través de convocatorias de las Administraciones Públicas. Esta circunstancia solo podrá ser aplicada una vez por curso académico.

h) Haber obtenido una ayuda o beca para cursar estudios, a través de las correspondientes convocatorias de las Administraciones competentes. Esta circunstancia solo podrá ser aplicada una vez por curso académico.

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Normativa:

Orden 10 de junio de 2020