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La Consejería de Educación de la Junta de Andalucía ha establecido un segundo procedimiento para que los integrantes de las bolsas de trabajo docente del antiguo Cuerpo 591 declarado a extinguir (y que no hayan sido asimiladas al 598) puedan solicitar pasar al Cuerpo 590 de Secundaria.
Del mismo modo, con esta convocatoria se permite el acceso a estas bolsas a todo aquel interino o aspirante en bolsa sin tiempo de servicio que ya esté en alguna otra bolsa de cualquier cuerpo y especialidad de Andalucía y además cumpla los requisitos de la bolsa o bolsas a las que desee acceder.

ACCESO A SOLICITUD
(hasta 21 de febrero 2025) ↗
Para empezar, antes de nada, debes tener claro que esta convocatoria va dirigida a dos públicos muy diferentes:
1.- El profesorado integrante de las bolsas (con o sin tiempo de servicio) que pertenece desde antes a una o varias de las bolsas del antiguo Cuerpo 591 PTFP (declarado a extinguir) y que pasaron a ser del Cuerpo 590 de Secundaria. Este personal ya tuvo una primera oportunidad para pasarse al 590 y aquellos que no lo hicieron en su día tienen ahora una segunda oportunidad para pasarse de la bolsa 591 a extinguir a la nueva bolsa 590. Si no entiendes muy bien qué es esto de «pasar del 591 al 590», lo explicamos todo en detalle en este artículo de cuando salió la primera oportunidad de cambiarse del 591 al 590.
2.- El personal integrante de cualquier bolsa de trabajo docente de Andalucía, tanto los interinos con tiempo de servicio como los aspirantes en bolsa sin tiempo de servicio. Puede optar a estas bolsas restringidas cualquier persona que esté actualmente en bolsas del Cuerpo 590 de Secundaria, del 597 de Maestros, del 592 de EOI, del 593 o 594 de Conservatorios, del 598 de PESSFP o de los 595 y 596 de Artes Plásticas y Diseño.
Por tanto, aquellas personas que reúnen todos los requisitos de titulación pero que todavía no pertenecen a ninguna bolsa docente en Andalucía, no pueden optar a estas bolsas restringidas.
Nuevas bolsas del Cuerpo 590 PES correspondientes a las antiguas del Cuerpo 591 de PTFP
En esta tabla están recogidas todas las especialidades del Cuerpo 591 (a extinguir) que pasaron al Cuerpo 590 con sus denominaciones y códigos, incluidas las bilingües. Estas del 590 son las bolsas que ahora se abren de manera restringida.
Código Cuerpo 591 PTFP | Especialidad a Extinguir del 591 PTFP | Código nuevo Cuerpo Secundaria | Especialidad nueva del Cuerpo 590 PES en que se integra |
---|---|---|---|
591202 | Equipos electrónicos | 590231 | Equipos electrónicos |
11591202 | Equipos electrónicos (Inglés) | 11590231 | Equipos electrónicos (Inglés) |
591205 | Instalación y mantenimiento de equipos térmicos y de fluidos | 590205 | Instalación de Mantenimiento de Instalaciones Térmicas de Fluidos |
591206 | Instalaciones electrotécnicas | 590206 | Instalaciones electrotécnicas |
11591206 | Instalaciones electrotécnicas (Inglés) | 11590206 | Instalaciones electrotécnicas (Inglés) |
591207 | Instalaciones y equipos de cría y cultivo | 590207 | Instalaciones y equipos de cría y cultivo |
591208 | Laboratorio | 590208 | Laboratorio |
11591208 | Laboratorio (Inglés) | 11590208 | Laboratorio (Inglés) |
591210 | Máquinas, servicios y producción | 590210 | Máquinas, servicios y producción |
591212 | Oficina de proyectos de construcción | 590212 | Oficina de proyectos de construcción |
591213 | Oficina de proyectos de fabricación mecánica | 590213 | Oficina de proyectos de fabricación mecánica |
591214 | Operaciones y equipos de elaboración de productos alimentarios | 590214 | Operaciones y equipos de elaboración de productos alimentarios |
11591214 | Operaciones y equipos de elaboración de productos alimentarios (Inglés) | 11590214 | Operaciones y equipos de elaboración de productos alimentarios (Inglés) |
591215 | Operaciones de procesos | 590215 | Operaciones de procesos |
591216 | Operaciones y equipos de producción agraria | 590216 | Operaciones y equipos de producción agraria |
591219 | Procedimientos de diagnóstico clínico y ortoprotésico | 590219 | Procedimientos de diagnóstico clínico y ortoprotésico |
11591219 | Procedimientos de diagnóstico clínico y ortoprotésico (Inglés) | 11590219 | Procedimientos de diagnóstico clínico y ortoprotésico (Inglés) |
591220 | Procedimientos sanitarios y asistenciales | 590220 | Procedimientos sanitarios y asistenciales |
11591220 | Procedimientos sanitarios y asistenciales (Inglés) | 11590220 | Procedimientos sanitarios y asistenciales (Inglés) |
591221 | Procesos comerciales | 590221 | Procesos comerciales |
10591221 | Procesos comerciales (Francés) | 10590221 | Procesos comerciales (Francés) |
11591221 | Procesos comerciales (Inglés) | 11590221 | Procesos comerciales (Inglés) |
591222 | Procesos de gestión administrativa | 590222 | Procesos de gestión administrativa |
11591222 | Procesos de gestión administrativa (Inglés) | 11590222 | Procesos de gestión administrativa (Inglés) |
591224 | Producción textil y tratamientos físicoquímicos | 590224 | Producción textil y tratamientos físicoquímicos |
591225 | Servicios a la comunidad | 590225 | Servicios a la comunidad |
11591225 | Servicios a la comunidad (Inglés) | 11590225 | Servicios a la comunidad (Inglés) |
591227 | Sistemas y aplicaciones informáticas | 590227 | Sistemas y aplicaciones informáticas |
11591227 | Sistemas y aplicaciones informáticas (Inglés) | 11590227 | Sistemas y aplicaciones informáticas (Inglés) |
591229 | Técnicas y procedimientos de imagen y sonido | 590229 | Técnicas y procedimientos de imagen y sonido |
11591229 | Técnicas y procedimientos de imagen y sonido (Inglés) | 11590229 | Técnicas y procedimientos de imagen y sonido (Inglés) |
Listado de Bolsas que se abren
Estas son las 31 bolsas a las que se puede acceder en esta convocatoria restringida:
CÓDIGO | BOLSA – ESPECIALIDAD |
590231 | Equipos electrónicos |
11590231 | Equipos electrónicos (Bilingüe Inglés) |
590205 | Instalación y mantenimiento de equipos térmicos y de fluidos |
590206 | Instalaciones electrotécnicas |
11590206 | Instalaciones electrotécnicas (Bilingüe Inglés) |
590207 | Instalaciones y equipos de cría y cultivo |
590208 | Laboratorio |
11590208 | Laboratorio (Bilingüe Inglés) |
590210 | Máquinas, servicios y producción |
590212 | Oficina de proyectos de construcción |
590213 | Oficina de proyectos de fabricación mecánica |
590214 | Operaciones y equipos de elaboración de productos alimentarios |
11590214 | Operaciones y equipos de elaboración de productos alimentarios (Bilingüe Inglés) |
590215 | Operaciones de procesos |
590216 | Operaciones y equipos de producción agraria |
590219 | Procedimientos de diagnóstico clínico y ortoprotésico |
11590219 | Procedimientos de diagnóstico clínico y ortoprotésico (Bilingüe Inglés) |
590220 | Procedimientos sanitarios y asistenciales |
11590220 | Procedimientos sanitarios y asistenciales (Bilingüe Inglés) |
590221 | Procesos comerciales |
10590221 | Procesos comerciales (Bilingüe Francés) |
11590221 | Procesos comerciales (Bilingüe Inglés) |
590222 | Procesos de gestión administrativa |
11590222 | Procesos de gestión administrativa (Bilingüe Inglés) |
590224 | Producción textil y tratamientos físico-químicos |
590225 | Servicios a la comunidad |
11590225 | Servicios a la comunidad (Bilingüe Inglés) |
590227 | Sistemas y aplicaciones informáticas |
11590227 | Sistemas y aplicaciones informáticas (Bilingüe Inglés) |
590229 | Técnicas y procedimientos de imagen y sonido |
11590229 | Técnicas y procedimientos de imagen y sonido (Bilingüe Inglés) |
Requisitos generales y específicos SOLO para los actuales integrantes de una bolsa del Cuerpo 591 PTFP a extinguir y quieran pasarse a la nueva bolsa equivalente del Cuerpo 590.
Requisitos generales.
En el momento de la publicación de esta resolución, el personal participante deberá ser integrante de alguna de las bolsas de trabajo correspondientes del Cuerpo a extinguir 591 de Profesores Técnicos de Formación Profesional dependiente de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y reunir los requisitos específicos de la correspondiente especialidad del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria a la que pretende acceder. Estos requisitos se deben cumplir a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria.
Requisitos específicos.
a) Titulación universitaria. Poseer algunas de las titulaciones incluidas en el Anexo III de la Orden 10 de junio de 2020 para cada especialidad. Asimismo, y de haber accedido de modo ordinario (por oposición) a las bolsas de trabajo del Cuerpo 591 y no por bolsa extraordinaria, se podrá cumplir este requisito específico de titulación si se está en posesión del título de doctor, licenciado, ingeniero, arquitecto o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia, en virtud de lo establecido en el artículo 13 y la disposición adicional única del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero.
En el caso de que dichas titulaciones se hayan obtenido en el extranjero, deberá haberse concedido la correspondiente homologación por el Estado español, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones y los procedimientos de homologación, de declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y por el que se regula el procedimiento para establecer la correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas anteriores, o normativa de anterior de aplicación a la publicación de este real decreto; y en el Real Decreto 581/2017, de 9 de junio, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/55/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013, por la que se modifica la Directiva 2005/36/CE relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales y el Reglamento (UE) núm. 1024/2012 relativo a la cooperación administrativa a través del Sistema de Información del Mercado Interior (Reglamento IMI).
b) Máster, CAP o Equivalente. Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Con carácter general, cumplirá este requisito quien se encuentre en posesión del título oficial de Máster universitario que habilita para el ejercicio de las profesiones reguladas de profesor de enseñanza secundaria obligatoria y bachillerato, formación profesional y escuelas oficiales de idiomas, con independencia de la especialidad que figure en dicho título.
Están dispensados de la posesión del citado título oficial de Máster universitario quienes acrediten haber obtenido con anterioridad al 1 de octubre de 2009, algunos de los siguientes requisitos:
– Estar en posesión del Título Profesional de Especialización Didáctica, del Certificado de Cualificación Pedagógica o del Certificado de Aptitud Pedagógica.
– Estar en posesión del título de Maestro, Diplomado en Educación General Básica, Maestro en Primera Enseñanza o de un título de Licenciado en Pedagogía o Psicopedagogía, así como de cualquier otro título de Licenciado u otra titulación declarada equivalente al mismo que incluya formación pedagógica y didáctica. Este último supuesto deberá acreditarse con un certificado del Rector de la Universidad que haya expedido el título. En este certificado tendrá que constar:
• Que la fecha en la cual se obtuvo el título es anterior al 1 de octubre de 2009.
• Que la persona interesada ha superado un mínimo de 60 créditos relacionados con la formación pedagógica y didáctica que le aportan las competencias y conocimientos requeridos por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
– Se entenderán también dispensados de la posesión del citado título a quienes acrediten que en esa fecha estaban cursando enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos de Licenciados en Pedagogía o Psicopedagogía, y tuvieran cursados 180 créditos de estas enseñanzas antes del 1 de octubre de 2009.
– Haber impartido docencia durante dos cursos académicos completos o, en su defecto, doce meses en periodos continuos o discontinuos, en centros públicos o privados de enseñanza reglada debidamente autorizados, en los niveles y enseñanzas cuyas especialidades docentes se regulan en el Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre.
Nota: Esta información está basada en la Convocatoria Oficial que se ha publicado en BOJA y que te recomendamos que descargues para comprobar y contrastar la información (Descarga la Convocatoria).
Requisitos generales y específicos para los integrantes de cualquier bolsa docente en Andalucía
Requisito general.
En el momento de la publicación de esta resolución, el personal participante deberá ser integrante de alguna de las bolsas de trabajo docente de Andalucía.
No importa si se tiene tiempo de servicio o no. Tampoco influye si estás activo o inactivo, el requisito general solo es pertenecer a una bolsa en Andalucía, cualquier bolsa de los Cuerpos 590, 591, 592, 593, 594, 595, 596, 597 o 598.
Este requisito se debe cumplir a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria.
Requisitos específicos.
a) Titulación universitaria. Poseer algunas de las titulaciones incluidas en el Anexo III de la Orden 10 de junio de 2020 para cada especialidad.
En el caso de que dichas titulaciones se hayan obtenido en el extranjero, deberá haberse concedido la correspondiente homologación por el Estado español, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones y los procedimientos de homologación, de declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y por el que se regula el procedimiento para establecer la correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas anteriores, o normativa de anterior de aplicación a la publicación de este real decreto; y en el Real Decreto 581/2017, de 9 de junio, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/55/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013, por la que se modifica la Directiva 2005/36/CE relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales y el Reglamento (UE) núm. 1024/2012 relativo a la cooperación administrativa a través del Sistema de Información del Mercado Interior (Reglamento IMI).
b) Máster, CAP o Equivalente. Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Con carácter general, cumplirá este requisito quien se encuentre en posesión del título oficial de Máster universitario que habilita para el ejercicio de las profesiones reguladas de profesor de enseñanza secundaria obligatoria y bachillerato, formación profesional y escuelas oficiales de idiomas, con independencia de la especialidad que figure en dicho título.
Están dispensados de la posesión del citado título oficial de Máster universitario quienes acrediten haber obtenido con anterioridad al 1 de octubre de 2009, algunos de los siguientes requisitos:
– Estar en posesión del Título Profesional de Especialización Didáctica, del Certificado de Cualificación Pedagógica o del Certificado de Aptitud Pedagógica.
– Estar en posesión del título de Maestro, Diplomado en Educación General Básica, Maestro en Primera Enseñanza o de un título de Licenciado en Pedagogía o Psicopedagogía, así como de cualquier otro título de Licenciado u otra titulación declarada equivalente al mismo que incluya formación pedagógica y didáctica. Este último supuesto deberá acreditarse con un certificado del Rector de la Universidad que haya expedido el título. En este certificado tendrá que constar:
• Que la fecha en la cual se obtuvo el título es anterior al 1 de octubre de 2009.
• Que la persona interesada ha superado un mínimo de 60 créditos relacionados con la formación pedagógica y didáctica que le aportan las competencias y conocimientos requeridos por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
– Se entenderán también dispensados de la posesión del citado título a quienes acrediten que en esa fecha estaban cursando enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos de Licenciados en Pedagogía o Psicopedagogía, y tuvieran cursados 180 créditos de estas enseñanzas antes del 1 de octubre de 2009.
– Haber impartido docencia durante dos cursos académicos completos o, en su defecto, doce meses en periodos continuos o discontinuos, en centros públicos o privados de enseñanza reglada debidamente autorizados, en los niveles y enseñanzas cuyas especialidades docentes se regulan en el Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre.
Nota: Esta información está basada en la Convocatoria Oficial que se ha publicado en BOJA y que te recomendamos que descargues para comprobar y contrastar la información (Descarga la Convocatoria).
Presentación de solicitudes y plazo
El plazo de presentación de solicitudes es del 10 al 21 de febrero de 2025, ambos inclusive
Quienes deseen participar en esta convocatoria restringida deberán cumplimentar el formulario del portal web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
Para acceder al formulario de solicitud será necesaria la autenticación previa mediante certificado digital, usuario IdEA o localizador.
La cumplimentación de la instancia mediante este sistema generará un número identificativo que dará validez y unicidad a esta.
Las solicitudes incluirán la autorización expresa para la consulta de datos de identidad. En el caso de que las personas solicitantes manifiesten su oposición a la verificación de su identidad o a la consulta de su titulación, estas deberán aportar los documentos (anverso y reverso) que acrediten las mismas, en formato de documento portátil (PDF).
Por cada una de las bolsas de trabajo de origen del Cuerpo a extinguir de PTFP se podrá solicitar el acceso exclusivamente a una bolsa del Cuerpo de Secundaria; aquella cuya especialidad y perfil lingüístico, tengan la misma denominación, de acuerdo con lo establecido la tabla de equivalencia de especialidades.
En el caso de que el personal participante desee acceder a más de una bolsa, deberá solicitarlo a través de una única solicitud de participación. Es decir, por ejemplo si quieres acceder a 3 bolsas restringidas de las que han salido solo tienes que echar una instancia, no 3, porque si echas 3 solo te contarán solo la última.
En el supuesto de que se presentara más de una solicitud de participación, solo se tendrá en consideración la última, quedando invalidadas las anteriores.
Una vez cumplimentadas las solicitudes en la forma a que se refiere este apartado, deberán teletramitarse mediante alguno de los distintos medios de firma electrónica de que disponga el formulario.
Las solicitudes deben ser presentadas convenientemente finalizadas y firmadas digitalmente. En ningún caso será tenido en cuenta ningún borrador de instancia que no haya sido finalizado, firmado y presentado dentro del plazo de presentación de solicitudes.
Petición de Provincias para las bolsas
Quienes participen en esta convocatoria consignarán en la solicitud al menos una provincia y, potestativamente, hasta las ocho provincias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en las que deseen ocupar puestos de trabajo para posibles vacantes o sustituciones durante el curso 2024/2025.
De no hacerlo así, se le incluirán de oficio las ocho provincias de Andalucía, por orden alfabético.
Quien consigne más de una provincia estará obligado a aceptar el primer puesto de trabajo que se le oferte en cualquiera de ellas. La no aceptación de dicho puesto supondrá la exclusión de la bolsa, salvo en los supuestos previstos en el artículo 51 de la Orden de 10 de junio de 2020.
No obstante, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional primera de la Orden de 10 de junio de 2020, el personal funcionario interino o, en su caso, aspirante a interinidad, que tenga acreditada una discapacidad igual o superior al 33% que participe en el presente procedimiento podrá marcar voluntariamente la petición de eliminación de las provincias consignadas y señalar las peticiones de centros y localidades.
Cómo se ordenan las nuevas bolsas
En cuanto a los actuales integrantes de las bolsas del Cuerpo 591 a extinguir que pasen a la nueva bolsa equivalente del 590, el Acuerdo de 18 de julio de 2023, regula en su apartado cuarto que cuando el personal funcionario interino acceda, por cualquiera de los procedimientos previstos en la Orden de 10 de junio de 2020, a una de las nuevas bolsas de trabajo que se crean como consecuencia de la nueva situación de las especialidades docentes prevista en la disposición adicional quinta de la Ley 3/2022, de 31 de marzo, se le computará desde la fecha de ingreso en la nueva bolsa el tiempo de servicio que tuviera reconocido al cien por cien siempre que se trate de la misma especialidad en la que lo hubiera prestado cuando dicha especialidad estaba adscrita a distinto cuerpo y quedará excluido de la bolsa equivalente del cuerpo a extinguir de profesores técnicos de formación profesional.
Por otro lado, si no te trata del paso de la misma bolsa de 591 a la misma del 590, el personal participante se ordenará de acuerdo con su situación en la bolsa de origen. En el supuesto de que un participante pertenezca a varias bolsas de trabajo docente de la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía, se tomará la bolsa de origen que le resulte más beneficiosa.
La ordenación del personal admitido en la presente convocatoria se llevará a cabo en función de lo establecido en el artículo 22.2 del Decreto 302/2010, esto es:
a) Personal con tiempo de servicio reconocido por la Administración educativa andaluza en la bolsa de origen, a 30 de junio de 2024, ordenado de mayor a menor tiempo de servicio.
b) Personal ordenado por la calificación obtenida en el último procedimiento selectivo y, a continuación, de otros procedimientos selectivos anteriores, teniendo prioridad el año posterior sobre el anterior.
c) Por último, figurará el personal que accedió a la correspondiente bolsa de origen a través de convocatorias extraordinarias, priorizándose la convocatoria más antigua sobre la más reciente.
En los casos de empate se procederá a ordenar por orden alfabético ascendente por el primer apellido de las personas empatadas a partir la letra H correspondiente al sorteo de 2025. El desempate se realizará en virtud de la posición ocupada en esta ordenación alfabética ascendente, siendo las primeras personas ordenadas aquellas cuyo primer apellido comience por la letra H establecida en el sorteo y las últimas aquellas cuyo primer apellido comience por la letra anterior a la H establecida en el sorteo.
Personal Interino con Tiempo de Servicio en el 591. Como ya se ha indicado, cuando el personal funcionario interino del 591 acceda a las bolsas objeto de esta convocatoria se le computará desde la fecha de ingreso en la nueva bolsa el tiempo de servicio que tuviera reconocido al cien por cien, siempre que se trate de la misma especialidad en la que lo hubiera prestado cuando dicha especialidad estaba adscrita a distinto cuerpo y quedará excluido de la bolsa equivalente del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de conformidad con lo establecido en el apartado cuarto del Acuerdo de 18 de julio de 2023.
Personas con discapacidad. En la ordenación de las listas a que se refiere esta base se tendrá en consideración lo establecido en el artículo 28.1 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía. A tal efecto, en cada lista de las especialidades y cuerpos docentes se incluirá a la persona con discapacidad que corresponda por su orden, tras cada nueve personas integrantes de dicha lista.
¿Cuándo salen los listados de admitidos en estas bolsas restringidas?
Es un procedimiento que no debería alargarse mucho en el tiempo, debido a que los técnicos de la Consejería no tienen que baremar méritos, solo han de cotejar los requisitos.
En primer lugar, saldrán los listados provisionales y se abrirá un plazo de alegaciones para los que no estén de acuerdo.
Pasado ese plazo y estudiadas las alegaciones, saldrá el listado definitivo y a partir de ese momento ya estarás integrado/a en la bolsa del Cuerpo 590.
¿Cómo te enteras de los listados cuando salgan y los plazos de alegaciones? Sencillo, apúntate a nuestra newsletter y te avisamos por correo de todo.
Nota final: Toda esta información está basada en la Convocatoria Oficial publicada en BOJA y que te recomendamos que descargues para comprobarla y contrastarla por ti misma/o (Descarga la Convocatoria).
Más información: Información ampliada sobre el paso del 591 al 590.
Buenos días,
Antes de nada, gracias por vuestro servicio.
¿Se sabe cuándo pueden salir las listas de este procedimiento? No sé si por ser bolsa restringida tarda más, o no tiene nada que ver.
Muchas gracias.
Suelen tardar menos al ser restringidas.
En la newsletter vamos avisando de los listados que se publican.
Saludos.
Buenas tardes.
Soy aspirante sin TS en varias bolsas de FP. Con esta convocatoria restringida he podido solicitar entrar además en otras bolsas en las que antes no estaba.
Hoy han publicado una convocatoria extraordinaria para dos bolsas las cuales ya solicité entrar en la restringida. ¿Las vuelvo a pedir? Pregunto porque ahora sí que veo que piden los méritos y en la otra no.
Puedes hacer lo que quieras Antonio, pero ya sabes que siempre los que entréis por la convocatoria restringida vais antes de este nueva porque salió antes.
Un saludo.
Buenos días
El viernes terminó el plazo para acceder a la bolsa restringida y no la eché por miedo a que me afectase a mi bolsa de Educación Infantil, ya que estoy trabajando.
Los sindicatos no me han contestado hasta hoy y ya es tarde.
¿Sabéis si cabe la posibilidad de que vuelvan a abrir el acceso a la especialidad Servicios a la Comunidad y acceder? O ¿hay posibilidad de acceder a esos puestos en la colocación de efectivos se junio?
Gracias de antemano
Es complicado Neme que a corto ni medio plazo vuelva a salir, además con esta convocatoria la bolsa se habrá llenado mucho.
Ese tren lo has perdido 😥
Saludos.
Buenas!
Una pregunta por terminar de asegurarme.
Yo empecé el curso en la bolsa SAI 591. En diciembre salieron bolsas, en las que participé en la misma especialidad pero 590 y he entrado. Actualmente en SIPRI me ha sale que estoy excluida de la 591 y admitida en la 590 y me ha llegado el nombramiento por Séneca y demás del 590.
Entiendo que este proceso ya no lo tengo que hacer, y que por la aceptación en la bolsa ya me contará todo el tiempo de servicio, pero, a pesar de haber preguntado, no me quedo tranquila.
Agradecería una respuesta, porque no sé si echar este procedimiento para la bolsa 590 de SAI me puede afectar negativamente o únicamente no incluirme porque ya estoy dentro de ella.
Muchas gracias de antemano y un saludo
Sí Gloria, no eres la única en esa situación, tranquila.
No tienes que hacer nada.
Saludos.
En el enlace para pasar de FP a secundaria ¿Es posible marcar una sola provincia para sustituciones o es necesario un mínimo de dos?
Es posible marcar una.
Saludos.
Buenas tardes.
Al acceder al enlace de paso de FP a secundaria he marcado dos especialidades para una misma instancia, procedimientos sanitarios (bolsa en la cual quiero pasar de FP a secundaria) y procedimientos sanitarios inglés (bolsa en la cual no estoy inscrita y de la que me gustaría formar parte)
¿Sería correcto marcar ambas bolsas en una sola instancia?
Espero su respuesta.
Buenas tardes:
Estoy en la bolsa de Servicios a la Comunidad Inglés con el código de Secundaria(115900225)en relación al trámite del cambio de la 591 a la 590 que sacaron en octubre del 2023 , cuyo trámite sin embargo no hice, aunque aparezco en esta bolsa con el nuevo código de secundaria. ¿Debo apuntarme en esta bolsa de nuevo para que quede constancia de que estoy en la bolsa de secundaria(590) y curarme en salud o no me hace falta? ¿Si me apunto de nuevo para estar en esta bolsa, me echarían de la misma porque ya pertenezco a ella?
A la espera de vuestra respuesta y agradecido.
Buenas,
Soy aspirante si TS en una bolsa del 590 y he solicitado para todas las bolsas restringidas para las que me habilita mi título.
Tengo dos dudas:
– Entiendo que cuando todo acabe (listados definitivos, etc.), apareceré en SIPRI en todas las bolsas en las que he sido admitido y mi posición real para dicha bolsa, ¿es así?
– Si este año no me llaman para impartir en ninguna de estas especialidades restringidas, por haber entrado este año a través de esta convocatoria extraordinaria, ¿para el curso 25/26 estaré ya admitido en estas bolsas por defecto? ¿O esto es solo hasta que finalice el curso 24/25?
Muchas gracias por vuestra ayuda.
Hola Jules, sí para la primera pregunta.
Y las bolsas no caducan para la segunda.
Saludos.
Hola, tengo una duda, hasta hace poco la carrera de geología era titulación competente para impartir el ciclo de agrarias y ahora ya no está en el lista de titulaciones habilitantes, ¿ me podéis dar algún consejo de cómo reclamarlo?, ya estoy en una bolsa, pero sin tiempo de servicio.
Muchas gracias
Hola David, en estos casos lo mejor es contactar con el Colegio Oficial.
Saludos.
Buenas actualmente estoy en la bolsa 00598001 – Cocina y Pastelería y 00598009 – Servicios de Restauración. Mis dudas son las siguientes, ¿tengo que hacer el cambio a la bolsa 590? o ¿únicamente deben de hacerlos aquellos de las espacialidades indicadas en e enlace?
Por otro lado aparece que la fecha fin es 30/06/2025, ¿luego me expulsan de dicha bolsa o se vuelve a renovar?
Muchas gracias por su atención.
Hola Raúl, las bolsas del 598 no están afectadas por esta convocatoria.
Saludos.
buenas pertenezco a la bolsa 590201 (lenguaje de signos) si me paso a la de servicios de comunicación, saldría de la bolsa de lenguaje de signo?, en el caso de estar en ambas bolsas, perdería tiempo de servicios? podría elegir en que bolsa presentarme el próximo curso? gracias
Hola Vanessa, estar en dos bolsas no afecta ni perjudica a tu posición en ninguna de ella.
Tranquila por ese aspecto.
Saludos.
Muy buenas, mi consulta está relacionada con la acreditación de idiomas.
Tengo un certificado de inglés (Linguaskill, B2) que, aunque está recogida en el listado de acreditaciones válidas, me ha sido rechazado en el baremo de otras convocatorias extraordinarias. La última vez que presenté alegaciones me lo reconocieron, y pensaba que podía ser por no tener escaneada la cara trasera (en blanco), pero tras corregir ese detalle, en la provisional de la convocatoria extraordinaria que acaba de salir, de nuevo no se ha valorado.
Hasta ahora, el certificado de idiomas sólo afectaba al baremo de las bolsas en las que he entrado, pero en esta convocatoria restringida quiero entrar en varias bolsas bilingues, por lo que ya pasa a ser requisito. ¿Alguna sugerencia sobre qué podría hacer para que se reconozca desde el principio?
Muchas gracias
Hola Alejandro, al desconocer la razón exacta por la que te lo deniegan, no sabríamos sugerirte nada salvo que te saques otro B2 tipo EOI o Cambridge.
Un saludo y suerte con la alegación.
Hola de nuevo. Como hasta ahora siempre ha sido para baremo y no causa de exclusión, de momento no he tenido información sobre el motivo. Cuando salga la provisional de alguna de las bolsas bilingües que estoy esperando tendré algo más de información.
Si consigo averiguar qué he hecho mal lo pondré por aquí para que pueda ayudar a quien lo necesite en un futuro.
Muchas gracias!
Pues al final resultó ser que el certificado que estaba aportando únicamente tenía carácter informativo.
Gracias de nuevo!
Suele suceder, la gente presenta el que es «gratis».
Mucha suerte.
Buenos días:
Yo estaba en la bolsa de Servicios a la Comunidad, código del cuerpo 591 (591225) como aspirante a la que accedí hace unos años por bolsa restringida, por tener el título de primaria antes del 2009 pero este curso 24-25 no estoy en esa bolsa no sé la razón exactamente; sin embargo si estoy en la de Servicios a la Comunidad(Inglés)como aspirante con el código nuevo de Secundaria(11590225), es decir con el código de haber pasado del cuerpo 591 al 590, trámite que no recuerdo haber hecho. Mi pregunta es, puedo participar para que esté otra vez en la de Servicios a la Comunidad(es decir el paso del cuerpo 591 al 590(590225) y también en la misma pero en bilingue, o solo en la normal? Se supone que la bilingue ya tengo el reconocimiento de haber pasado del cuerpo 591 al 590.
A la espera de vuestra respuesta.
Un saludo.
Paco
Hola Paco, al estar tú ya en una bolsa, ahora puedes acceder a cualquiera de estas 31 bolsas en las que no estés y cumplas los requisitos.
Saludos.
Buenos días, mis duda son respecto a las provincias de sustituciones.
Solo aparece las provincias para sustituciones y no otro espacio para poner vacantes.
1.¿Habilitarán otro periodo para poner vacantes y sustituciones?
Las personas que no realicen el trámite porque ya están trabajando en las bolsas de fp denominadas con el código 590 ¿Cuándo eligen el cambio de provincias?¿o se tienen que quedar con las que pusieron cuando habilitaron el anterior cambio de la 591 a la 590?
Gracias
Hola Ester, todo lo que comentas de las provincias se hace en verano, en Colocación de Efectivos.
Saludos.
Buenas tardes, he estado trabajando en otra comunidad en la 591205 y estoy en bolsas diferentes en Andalucía en la 590 y sin tiempo de servicio en ninguna, si solicito entrar en bolsa por la 590205 ¿no puedo llevar el tiempo de servicio? y ¿ puedo solicitar la bolsa 590205 aunque parta de cero?
Gracias
(tal vez se envíen dos mensajes)
Hola Paula, podrás traerte ese tiempo una vez que trabajes aquí.
Mientras tanto, puedes echar las bolsas ahora de las que cumplas los requisitos y no estés en ellas todavía.
Saludos.
Buenas tardes.
Al acceder al enlace del paso de FP a secundaria me dirige al enlace de la convocatoria de las bolsas de trabajo restringidas.
¿Cómo debo proceder para solicitar el paso de FP a secundaria? ¿Sería a través de este enlace y seleccionando la bolsa a la que ya correspondo?
Espero su respuesta
Correcto, es la misma convocatoria, 2×1.
Saludos.
Buenas, una pregunta, si ya perteneces a una bolsa 590 habiendo entrado por convocatoria extraordinaria. ¿Se puede volver a echar para entrar en la misma bolsa y subir puestos debido a la ordenación? que primero va TS, después las notas de los exámenes, después bolsas extraordinarias…. entiendo que así estaria ordenado por el apartado b y podría subir puestos en esa bolsa.
Un saludo y gracias
No, no se puede Victor.
Un saludo.
Buenas tardes, formo parte de la 590206, si me apunto otra vez me actualizan los méritos? Cuando me apunté en su día tenía menos puntos. Gracias
No Irene, no es posible apuntarse a una bolsa en la que ya estás.
Saludos
Buenas, mi duda se refiere a la ordenación de puestos. Al no solicitar méritos expone la resolución que se nos ordenará por tiempo de servicio en la bolsa de origen. Supongo que se nos ordena detrás de los aspirantes que ya se encuentran en las bolsas a las que queremos optar ¿es así?
Por otro lado no entiendo la oferta de apertura para participar en dichas bolsas, cuando aún quedan muchos aspirantes sin tiempo de servicio (en al menos la bolsa de servicios a la comunidad )que están esperando a entrar y que es muy posible que este curso no trabajen.
Hola Virginia, efectivamente siempre irás por detrás de los interinos que sí que constan ya con Tiempo de Servicio en dicha bolsa.
Saludos.
Buenas tardes, entiendo que si acepto que comprueben mis datos no tengo que adjuntar los títulos verdad? Muchas gracias.
Correcto Inma, en teoría es así.
Pero debes saber que dicha consulta automática les falla mucho y luego sales excluida. Se arregla con las alegaciones, pero el susto no te lo quita nadie.
Es más seguro subir el título si lo tienes.
Ya como tú prefieras.
Un saludo y suerte.
Si pertenezco a 2 bolsas distintas, secundaria y primaria y los 2 títulos me permiten entrar en una de las bolsas, subo los 2 o el de la bolsa que tengo mejor orden o ellos aunque no suba más que uno también comprueban el otro? Muchas gracias
Es indiferente Inma, siempre que cumplas los requisitos.
Saludos.
Buenas,
Puede que mi duda sea muy ingenua, pero, entiendo que esto es para entrar en las bolsas que han salido y ya está, ¿no? Me explico, si ya soy interino con tiempo de servicio en otra bolsa, enviar la solicitud no significa que entre y me vuelquen mi tiempo de servicio a esta nueva bolsa, ¿verdad?
Muchas gracias.
Hola Rodrigo, no entendemos tu pregunta.
¿La puedes volver a formular?
Buenas tardes,
He visto que, entre las especialidades, se ha convocado 590225-Servicios a la comunidad. Ya estoy en la bolsa 00591225 – SERVICIOS A LA COMUNIDAD. ¿Tendría de nuevo que presentar solicitud de admisión a la bolsa convocada? Gracias
Hola Jorge, si estás en la 591225 ten en cuenta que es a extinguir, desaparece en 2026.
Para evitarlo debes hacer el cambio ahora de la 591225 a la 590225.
Saludos.
Buenas, estoy como inactivo en la bolsa de sistemas y aplicaciones informáticas (00591227). Al pasar a la 590227 quedaría activo en esta nueva bolsa?. Claro, ahora no me convendría. Gracias!
A ver Emilio, eso que dices de que no te convendría es porque quizá no entiendes que tu bolsa 591 desaparece en 2026 y te quedarás fuera por tanto.
El cambio debes hacerlo.
Lo normal es que la Consejería respete tu situación de inactivo voluntario de origen, así lo hicieron en la primera tanda de 2023 pero, si no lo respeta, simplemente no participes si te convocan y pasas a inactivo de oficio.
Saludos.
Gracias!!
Muy buenas, yo estaba en el 591 y me sacaron de la bolsa porque se ve (no entiendo cómo pudo pasar, pero es lo que me han dicho) que no me presenté en dos convocatorias.
Me pasé a la 590 hace unos meses. Y claro, no me cuenta el tiempo de servicio que tenía del 591. Dicen que hasta que no trabaje al menos un día no puedo solicitarlo.
Digo yo, no puedo, volver a pasarme del 591 al 590 y que me vuelvan a computar el tiempo de servicio, que son 3 años?
Por lo pronto ya he solicitado el paso, por si fuera posible. Quizás se os ocurra otra manera de poder cambiar esto.
GRacias por el servicio tan útil que dais.
Hola Juan Antonio, en principio, por lo que cuentas, no es posible.
Pero bueno, solo te queda esperar.
Saludos y gracias por tus palabras.
Buenos días:
Hace unos días os escribí con la misma duda y no soy capaz de encontrar la respuesta, que seguramente estará, porque no tuve la precacución de apuntar en qué apartado la realicé. Pido disculpas y vuelvo a preguntar:
Este año pienso presentarme a las opos de secundaria como profesora de inglés en el turno de discapacidad, y mi duda es: saldría de la bolsa en la que estoy en la actualidad, paso a otra situación distinta, o no afecta para nada en el funcionamiento de la bolsa?
Muchas gracias por vuestra labor.
Silvia.
Hola Silvia, pues depende, nos faltan detalles para poder responderte.
Si eres interina o no, si te presentas a la misma oposición de la bolsa, etc.
Saludos.
Hola de nuevo:
Soy interina con dos años y medio de antigüedad y me presento a la misma oposicion, profesora de inglés de secundaria, solo que a diferencia de otros años, esta vez en el turno de discapacidad, que me concedieron en diciembre pasado.
¿Afecta a mi situación actual en la bolsa?
De nuevo gracias por vuestra labor.
Claro Silvia, cada que una se presenta a oposiciones, afecta a la situación actual en bolsa.
Salvo que seas interina con tiempo de servicio, en ese caso estás blindada y las oposiciones no te afectan.
En cuanto a la discapacidad, la puedes presentar para que se te considere de cara a la ordenación en bolsa (adelantarás cientos o miles de puestos).
Saludos.
Al pinchar en el enlace para hacer la solicitud del paso de la bolsa del cuerpo 591 al 590, el enlace no funciona.
Y el lunes y casi todo el martes, ni siquiera se podía acceder al enlace. Lo digo por si tienen esto en cuenta cuando dicen plazo del 10 al 21.
Buenas días,
Tengo dudas, no me queda claro si he de participar o no en esta bolsa.
Mi situación es la siguiente. Yo me presenté en la convocatoria 2023 por Servicios a la Comunidad, aprobé y estoy en la bolsa 590, aún como aspirante. No tengo tiempo de servicio.
Tengo que presentarme en esta nueva bolsa? Si no me presento me excluyen?
Gracias por la respuesta de antemano.
Saludos
Hola Carlos, no te preocupes.
Tú no tienes que hacer nada porque ya estás en la bolsa 590.
Saludos.
si soy personal integrante de la bolsa 590 sin tiempo de servicio (Matemáticas en este caso), y hecho esta solicitud, tengo tres dudas: estaría ahora en dos bolsas? o sea no se me excluiría de la bolsa de origen no? Y lo segundo en el supuesto caso de que sea convocado y rechace, me expulsan pero de la nueva bolsa no de la bolsa de Matemáticas no? Y por ultimo, seria posible si trabajara después traer el tiempo de esta bolsa a la de Matemáticas? un saludo y gracias de antemano.
Hola Juan Antonio, muy buenas preguntas.
Sí que podrías estar en ambas, la de Matemáticas y la nueva que entres ahora.
Si te adjudican un puesto en cualquier bolsa y no te incorporas, te expulsan solo de esa bolsa.
Cuando se tiene tiempo de servicio en una bolsa y en otra no, siempre se puede optar por una en Colocación de Efectivos y volcar el tiempo de una a otra.
Saludos y mucha suerte.
Información de publicación listados provisionales y definitivos
Hola Silvia, apúntate a la newsletter y te vamos avisando por correo.
Saludos.
Buenas tardes,
Soy interino ocupando una vacante actualmente en la bolsa 590008 ( Biología y Geología). Si hecho esta nueva convocatoria a bolsa extraordinaria para puestos de FP¿ podría el curso que viene obtener una vacante en Laboratorio por ejemplo? ¿ tengo que volcar mi tiempo de servicio en una u otra bolsa? Mi intención es no quedarme sin vacante el curso que viene porque en Biología sino me saco la plaza las vacantes van a estar difícil de conseguir.
Hola Alejandro, debes tener en cuenta que entraría en la de Laboratorio sin tiempo de Servicio, por lo que no te podrían dar una vacante informatizada en verano.
Salvo que hagas opción por una bolsa y vuelques el tiempo desde ByG a la de Laboratorio.
Pero eso debes estudiarlo bien.
Saludos y suerte.
Buenas tardes,
No aparece el enlace para inscribirse en la convocatoria restringida o no funciona.
Alguna explicación por favor?
Hola Sara, en principio sí que funciona bien y la gente lo está echando sin problemas.
Saludos.
Es martes, 11, y el enlace para hacer el trámite sigue sin estar operativo
Buenas tardes!
Actualmente, me encuentro trabajando en la 591 y voy a solicitar el paso a la 590, mi pregunta es: puedo solicitar dos especialidades a la vez? Es decir, solicitar la 590220 y 590225, me colocarían en las dos bolsas? y si fuera así en la 590225 me contaría la mitad del tiempo de servicio?.
Gracias
Hola Antonia, sí que puedes.
En la equivalente 590 de la que estás como 591 pasas tal cual.
En la otra entras como aspirante normal, sin tiempo de servicio.
Saludos.
Buenas tardes: Tengo una duda.
El hecho de presentarme a las oposiciones para profesores de secundaria en verano de 2.025 en el turno de discapacidad, ¿tiene alguna repersusión para la bolsa en la que estoy integrada, o no tiene nada que ver?
Muchas gracias y qué grán apoyo nos mostráis a diario.
Silvia.
Hola Silvia, si eres interina con tiempo de servicio, tu posición en bolsa está blindada, las oposiciones no te influyen por tanto.
Saludos.
Buenas tardes:
Donde puedo ver a cuales bolsas me permite acceder mi titulo?
Hola Rosa, más arriba en el artículo tienes enlazado el Anexo donde vienen todos los requisitos de titulación de cada bolsa.
Saludos.
Buenos días,estoy en 3 bolsas distintas: filosofía,servicios a la comunidad e intervención socio comunitaria,y no tengo tiempo de servicio,tengo q participar en las 3 para continuar estando en la bolsa? O solo en servicios a la comunidad que es la que veo que ha salido? Muchas gracias de antemano
Hola Elena, solo tienes que participar en aquellas bolsas que han salido, que cumplas los requisitos y a las que no pertenezcas ya.
Saludos.
¿Por qué abren estas bolsas si va a haber oposiciones y las bolsas supuestamente no se mueven??O no se mueven mucho?
gracias!!
Hola Carmela, porque las bolsas 591 desaparecen pronto y hay que darles salida a la gente que aún están atrapada en ellas.
Saludos.
Buenas noches, estoy muy confundida con el paso de bolsas. Estoy en cerámica (maestros de taller) cuerpo 596 y no se si tengo que hacer cambio o no. Por más que releo la convocatoria no me entero. Me pueden confirmar si tengo que cambiarme por favor?
Gracias
A ti no te afecta Eva, eres 596.
Saludos.
Buenas tardes. Gracias por la información tan completa. Me pregunto si yo formo parte o no de alguna bolsa. A veces me llega un correo diciéndome que tengo la posibilidad de aspirar a alguna plaza (vacante o sustituciones) en la modalidad «voluntaria». Pero luego en ciertas cuestiones no aparezco si me busco. Hace unos años me dieron esa opción y me inscribí pero realmente no tengo ni idea de en que dimensión del tiempo y el espacio me encuentro 🙂 A ver si pudierais darme norte. Así que no sé si puedo aspirar a alguna de estas bolsas. Muchas gracias de nuevo y un saludo: Joana
Hola Joana, entra aquí y busca en la pestaña de «Consultas» y ahí verás en qué bolsas estás o no.
Saludos.
Buenos días
Yo estoy en la bolsa 590206 con tiempo de servicio y quiero apuntarme también a la bolsa 11590206. Tengo que realizar la solicitud para ambas bolsas?
Hola Dani, solo tienes que hacer la solicitud para la bolsa a la cual quieres entrar ahora.
Saludos.