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[FORMACIÓN PARA APROBADOS CON PLAZA] El martes 12 de agosto organizamos una formación completa para todas aquellas personas que tendrán que hacer la Fase de Prácticas. Quedará grabado. Incluye Proyectos y Memorias cedidos por opositores/as de años anteriores. Taller impartido por un inspector de Educación en colaboración con sipri.es. Apúntate por 20€

El 25 de julio de 2025 sobre las 16:00h de la tarde se ha publicado la Resolución por la que se hacen públicas las listas del personal seleccionado de cada cuerpo y especialidad en el procedimiento selectivo convocado por Orden de 21 de febrero de 2025, con indicación de la puntuación global obtenida, en el portal web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de Andalucía

El listado se puede consultar online, dentro del Portal de la Persona Opositora.

¿Qué plazo hay para presentar la documentación obligatoria para los que han obtenido plaza en 2025?

El plazo que los opositores seleccionados tienen para entregar los documentos a que se refiere la base decimotercera de la convocatoria de oposiciones 2025 es de 25 días hábiles a contar a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución que ha salido el viernes 25 de julio de 2025.

Como el siguiente día hábil será el próximo lunes 28 de julio y teniendo en cuenta que ni los fines de semana ni los festivos nacionales se consideran hábiles, resulta que el plazo es del 28 de julio al 1 de septiembre de 2025, ambos inclusive.

Plazo de entrega de documentación del 28 de julio al 1 de septiembre de 2025

Documentos obligatorios según la base 13 de la convocatoria

¿Dónde tienen los nuevos funcionarios en prácticas que entregar esa documentación obligatoria?

Los documentos obligatorios de la base decimotercera de la convocatoria se tienen que entregar en un registro físico, no sirven los registros online ni telemáticos ni por internet.

El personal seleccionado con plaza deberá presentar en los registros físicos de las ocho Delegaciones Territoriales Educación (hay una en cada provincia de Andalucía) o en cualquiera de los lugares previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.

Nosotros, desde sipri.es, por experiencias de años anteriores, recomendamos siempre hacer este último trámite en un registro físico de cualquier de las ocho Delegaciones Provinciales de Educación de Andalucía. Aunque estés a mil kilómetros, merece la pena el esfuerzo.

La razón de que recomendemos los registro de las delegaciones de Educación es que sabemos que las y los técnicos que trabajan en dichos registros han recibido la información y la formación concreta y específica para ayudar a los opositores que han sacado plaza con este trámite, asesorarlos y evitar posibles errores, olvidos o despistes en la documentación.

PIDE CITA EN UN REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE EDUCACIÓN

Recomendamos la entrega de la documentación en los registros de las Delegaciones Provinciales de Educación de Andalucía porque las/os técnicos que te atenderán en dichos registros han recibido instrucciones y formación para asesorarte y ayudarte a evitar errores, despistes y olvidos.

sipRI.es

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La documentación viene especificada en la base decimotercera la la convocatoria de oposiciones 2025.

Te hemos preparado en Word un modelo de instancia para que lo lleves al registro junto con la documentación. Al estar en word solo tienes que editarlo con tus datos concretos y firmarlo.

Descarga el Modelo de Instancia para entregar los documentos

Documentos a presentar y aclaraciones.

a) Copia autenticada del DNI en vigor.

SIPRI.es aclara: Esto de la «copia autenticada» no significa que tengas que ir a un notario ni que tengas que llevar nada compulsado, simplemente lleva tu DNI original y el funcionario del registro de la Delegación de Educación lo autentica todo a la vez que te lo coge. Recuerda que los registros de las Delegaciones funcionan con scanner, te van a escanear todo lo que lleves.

Quienes no posean la nacionalidad española presentarán copia autenticada de la tarjeta de residencia o documento equivalente.

b) Copia autenticada del título alegado como requisito para el ingreso en el cuerpo docente por el que se participe en el presente procedimiento selectivo (anverso y reverso) o, en su defecto, copia autenticada de la documentación acreditativa del abono de las tasas de expedición y certificación académica del título.

En el caso de que se presenten títulos que se hayan obtenido en el extranjero, se deberá aportar, sin excepción, la correspondiente homologación por el Estado español, o, en su caso, la declaración de equivalencia a nivel académico de grado.

SIPRI.es aclara: Esto es el título de tu carrera principal, la que alegaste como requisito a la hora de echar la instancia de las oposiciones. En cuanto a lo de la «copia autenticada» no significa que tengas que ir a un notario ni que tengas que llevar nada compulsado, simplemente lleva tu Título de la carrera original o el documento de pago de tasas y certificación académica original y el funcionario del registro de la Delegación de Educación lo autentica todo a la vez que te lo coge. Recuerda que los registros de las Delegaciones funcionan con scanner, te van a escanear todo lo que lleves. Por tanto, si tu título universitario es de los grandes, lo que te recomendamos es llevar además del original una fotocopia reducida a tamaño A4 para que quepa en el scanner y no tengas problemas.

c) Sólo los de Secundaria y EOI: Máster de Secundaria, CAP o Equivalente. El personal participante por las especialidades de los cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y de Escuelas Oficiales de Idiomas (el resto no), deberá presentar copia autenticada del Certificado de Aptitud Pedagógica o certificación de la Universidad correspondiente de estar en posesión del título oficial de máster universitario que acredite la formación pedagógica y didáctica o, en su caso, de los estudios que acrediten la formación pedagógica y didáctica, a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. Asimismo, se presentará la documentación oportuna cuando se alegue una titulación que dispense de la posesión de la citada formación pedagógica.

De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria cuarta del Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, cuando se alegue, en sustitución de la formación pedagógica y didáctica, docencia efectiva, a 31 de agosto de 2009, durante dos cursos académicos completos o doce meses continuos o discontinuos, en enseñanzas regladas y en las especialidades recogidas en el referido Real Decreto, esta se acreditará de la siguiente forma:

• Si la docencia se ha impartido en centros públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, no habrá de presentarse certificación alguna, al obrar los datos en poder de la Administración.

• Si la docencia se ha impartido en centros públicos de otras Administraciones educativas, habrá de presentarse la certificación del tiempo de docencia efectiva, con indicación de la fecha de inicio y fin, expedida por el órgano competente en materia de recursos humanos, haciendo constar el cuerpo y la especialidad.

• Si se trata de un centro privado, una certificación de la Dirección del centro con el V.º B.º de la Inspección de Educación, haciendo constar el nivel de enseñanza impartida y la especialidad, así como la duración de los servicios prestados, con indicación de la fecha de inicio y fin.

d) Declaración responsable según modelo que figura como ANEXO V.a) de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse, por resolución judicial, en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos, para el acceso a cuerpo o escala de funcionario o para ejercer funciones similares a las desempeñadas como personal laboral. Igualmente, en el caso de ser nacional de otro Estado, declaración responsable según modelo que figura como ANEXO V.b) de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, el acceso al empleo público.

e) El personal seleccionado que posea un grado de discapacidad igual o superior al 33% deberá presentar certificación expedida por el órgano competente en la que conste que se reúnen las condiciones físicas y psíquicas compatibles para impartir las enseñanzas asignadas legalmente al cuerpo y la especialidad por la que participa en el procedimiento selectivo.

SIPRI.es aclara: Esto es lo que normalmente se conoce como «Certificado de Aptitud Laboral». Y lo que la convocatoria llama «Órgano Competente» para expedirlo son los Centros de Valoración y Orientación (CVO). Hay en las ocho provincias. Lo que te aconsejamos es que contactes con el de tu provincia y les solicites las instrucciones para pedir el documento. Aquí tienes las direcciones y el contacto de los CVO de Andalucía

f) Certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales a que se refiere el apartado 5 del artículo 13 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero.

Los docentes cuya nacionalidad sea distinta de la española, deberán acreditar, además de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales referidos al Estado español, la certificación negativa de condenas penales expedida por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre. En caso de que se presenten documentos expedidos en un idioma distinto al español, estos deberán ir acompañados de la correspondiente traducción oficial o jurada al español.

SIPRI.es aclara: El certificado negativo de delitos sexuales lo puedes pedir online con tu certificado digital en esta web oficial.

g) Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del cuerpo y especialidad.

Estarán exentas de aportar este certificado aquellas personas que hayan tenido una relación previa con la Administración educativa de la Junta de Andalucía respecto a cuyo cese no hubieran transcurrido más de tres meses. Es decir, los interinos de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía cuyo último cese no fue antes de mayo, no necesitan el certificado médico. Por ejemplo si tu última sustitución la acabaste el 6 de mayo, no necesitas el certificado médico, pero si la acabaste por ejemplo el 2 de abril, sí lo necesitas.

SIPRI.es aclara: ¿Qué certificados médicos son válidos para los opositores que que han sacado plaza?

a) Certificado médico oficial editado por el Consejo General de la Organización Médica Colegial y expedido por personal médico colegiado. Estos son los típicos certificados médicos que te expiden en los centros de reconocimientos médicos que se usan a la hora de sacarse o renovar el carné de conducir.

b) Certificación expedida por el médico de familia del Servicio Andaluz de Salud o por facultativo del Sistema Nacional de Salud que corresponda a la persona interesada, en su caso. En el supuesto de expedición por el Servicio Andaluz de Salud, deberá contenerse en el modelo de certificación configurado en el Sistema DIRAYA.

En ningún caso será válido el documento P10 u otro similar, ni en formato distinto al configurado en el sistema sanitario público o al oficial del Colegio de Médicos.

¿Qué debe indicar el documento?

El documento recogerá de forma explícita que «la persona interesada posee la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del [cuerpo] y [especialidad]». Por ejemplo: «la persona interesada posee la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del Cuerpo de Maestros, especialidad Educación Primaria»

También será válido el documento por el que se pretenda acreditar la capacidad funcional que contenga expresiones tales como que «la persona dispone de capacidad funcional para desempeñar cualquier profesión, para trabajar en la Administración o que no consta enfermedad ni defecto físico que imposibilite para el ejercicio de las funciones a desempeñar», así como otras expresiones similares. En ningún caso se considerará válido aquel documento mediante el que se pretenda acreditar la capacidad funcional que se limite a constatar la ausencia de enfermedad infecto -contagiosa o que contenga expresiones que no se refieran a la efectiva capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

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h) En su caso, solicitud de aplazamiento para realizar la fase de prácticas en los supuestos en que concurran las circunstancias descritas en el apartado 15.3. Ojo, esto es solo si quieres o tienes que aplazar el año en prácticas.

Nota para el Personal que ya sea Funcionario de Carrera de otro Cuerpo Docente en Andalucía y ha obtenido plaza en 2025 para otro cuerpo docente distinto: Quienes tengan la condición de personal funcionario de carrera docente por la administración educativa de Andalucía y hayan superado el procedimiento de ingreso, estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, exceptuando la copia autenticada del título exigido para el ingreso al cuerpo o en su defecto la certificación académica oficial y la certificación de haber abonado las tasas para su expedición, que habrán de presentar en todo caso.