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Una vez revisadas todas las alegaciones al baremo provisional, hoy 18 de julio de 2022, la Consejería de Educación ha habilitado la consulta online del baremo DEFINITIVO de méritos de todos los opositores docentes que han superado la primera prueba de las oposiciones 2022 para Maestros de Primaria, Música, Educación Física, Inglés, Francés, Infantil, AL y PT en Andalucía.
Enlaces para consultar el baremo definitivo Oposiciones 2022
Enlaces a la consulta individualizada de los baremos definitivos de las Oposiciones Andalucía 2022:
¿Se puede reclamar el baremo definitivo de las oposiciones?
Sí, el baremo definitivo sí se puede reclamar. Te contamos cómo y cuándo.
¿Cómo y cuándo se puede reclamar el baremo definitivo de las oposiciones 2022?
Una vez publicada la resolución del baremo definitivo, que no pone fin al procedimiento, lo que indica la convocatoria de oposiciones Andalucía 2022 es que no se puede poner un recurso ahora mismo, pero sí pueden los opositores interesados interponerlo, posteriormente, contra la orden por la que se publiquen en Boja las listas del personal seleccionado, de conformidad con lo dispuesto en la base decimoprimera.
Es decir, que para poder reclamar o alegar el baremo definitivo, los opositores tendrán que esperar a que se publique en el Boja (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía) la Orden con los listados del personal seleccionado y que nombrará provisionalmente a sus integrantes como funcionarios o funcionarias en prácticas.
En las oposiciones de 2021 dicha orden se publicó en 15 de octubre, en 2019 esa orden se publicó en el Boja del 7 de agosto y en las de 2018 hubo que esperar hasta el 21 de septiembre. Este año 2022 no tenemos previsiones oficiales, pero nos inclinamos a pensar que será también entre agosto y octubre de 2022.
Contra dicha Orden será contra la que los opositores que no estén de acuerdo con el baremo definitivo podrán interponer en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente, recurso de reposición ante la persona titular de la Consejería de Educación y Deporte, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Es decir, para reclamar el baremo definitivo de las Oposiciones 2021 en Andalucía hay dos posibilidades:
1.- Interponer un recurso de reposición en el plazo de un mes contra la orden de la que hemos hablado. Pasados dos meses de ese recurso de reposición, si hay silencio o desestimación, se puede interponer recurso contencioso-administrativo.
2.- Interponer directamente (sin pasar por el de reposición) un recurso contencioso-administrativo contra la mencionada orden en el plazo de 2 meses.
Para presentar los citados recursos, bajo nuestro punto de vista, es imprescindible contar con el asesoramiento legal de un abogado especialista, sobre todo si te estás jugando la plaza o un mejor puesto de cara a posteriores concursos de traslados o comisiones de servicio.
Si necesitas ayuda de un abogado sin tener que dejarte un dineral, nosotros te aconsejamos el abogado del sindicato Docentes por la Pública que es especialista en derecho administrativo con experiencia en oposiciones docentes. De hecho ese abogado ya se ha convertido en una especie de pesadilla para la Junta por los juicios ganados. Afíliate y solicita el servicio jurídico sin coste adicional.
Buenas,
pongo la pregunta aquí, pero no sé si es cauce adecuado. Para el baremo para las oposiciones de reposición para PES Informática de 2023, tengo duda sobre cómo se haría el baremo. Porque se puede acceder con la titulación técnica, aunque según leo la ingenería superior sería la titulación de carácter general para el puesto. En mi caso, poseo ambas.
Para tener baremo en este apartado, ¿Sería el expediente de la técnica o de la superior? ¿Sería el expediente del título con el que me he me presentado a las oposiciones? Porque esta parte «expediente del título con carácter general para el ingreso» me tiene en duda, no sé como adjuntar en estos apartados los datos con el fin de obtener la máxima baremación.
FORMACIÓN ACADEMICA
2.1. Expediente académico del título alegado. Se valorará
exclusivamente la nota media del expediente académico
del título exigido con carácter general para ingreso en el
cuerpo al que se presenta en el presente procedimiento
selectivo, del modo que a continuación se indica:
¿Y se puede indicar la ingenería superior como mérito aquí?
2.3.2. Titulaciones de segundo ciclo.
Por los estudios correspondientes al segundo ciclo de
Licenciaturas, Ingenierías, Arquitecturas, o títulos
declarados legalmente equivalentes. Asimismo, se
valorará en este apartado el título de Grado. No obstante,
no se valorará el título de Grado obtenido mediante la
realización de un curso de adaptación orientado a quien
posea una titulación universitaria (diplomatura o
licenciatura) referida a las mismas enseñanzas
Muchas gracias
Hola Carmen, ya es tarde para esa pregunta porque tú ya con la instancia has presentado una de las dos titulaciones para el acceso al cuerpo, por tanto ya no puedes hacer nada más que esperar.
No puedes decidir ahora cuál presentas como requisito de acceso (y por tanto de expediente) y cuál como mérito de otra titulación. Ya lo hiciste implícitamente al presentar una de ellas como requisito.
Un saludo y mucha suerte.
Buenas tardes,
Me gustaría saber por qué los listados de Andalucía no son públicos.
El TREBEP establece que los procesos selectivos deben regirse por los principios de, (entre otros) publicidad y libre concurrencia.
La publicidad afecta también a los baremos.
Y a saber quién está en la lista por delante, o por detrás.
Gracias
Hola, tengo una pregunta sobre el baremo de méritos de las oposiciones de secundaria, concretamente sobre el apartado de Méritos artísticos.
Me queda claro leyendo el texto que estos méritos “artísticos” son valorados dentro del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, solo en la especialidad de Música pero, si son “MERITOS ARTISTICOS”, ¿Por qué no se incluye también la especialidad de Dibujo?
En mi caso tengo varias exposiciones artísticas individuales realizadas en instituciones públicas como museos de distintas ciudades y no entiendo que esos méritos no se puedan presentar o se contemplen en este apartado.
Al igual que se valoran las composiciones estrenadas o publicadas, pienso que se deberían de valorar las exposiciones estrenadas o libros publicados.
Por favor, ¿me podéis aclarar si estoy en lo cierto?, si es así, ¿existe algún buzón de quejas y sugerencias donde pueda exponer todo esto? Muchas gracias.
Buenas tardes:
Mi primera vez en las oposiciones me he quedado muy cerca de conseguir la plaza. Estoy contenta pero me gustaría subir mi baremo para la próxima convocatoria. Leyendo la puntuación que dan a cada título me surgen dos dudas:
1) ¿Solo dan 1 punto por máster? Es decir, si ya tengo un máster y hago otro, ¿solo me puntúa uno?
2) Si me presento a inglés-primaria, y tengo el Grado de Educación Infantil ¿me cuenta como 1 punto?
Gracias de antemano.
Un saludo.
Hola Pilar.
Felicidades por ese gran resultado.
1.- Cada máster es un punto.
2.- Faltan datos para poder responderte. Pero en general, la segunda carrera da puntos siempre que tengas al menos un 40% de los créditos superados y no convalidados. Por ejemplo, si tienes magisterio, lo mejor es sacarte algo diferente tipo filología, matemáticas, medicina, arquitectura o ingeniería para asegurarte esos puntos extra. Aunque claro, igual entonces prefieres trabajar de médico, jajaja.
Si quieres nuestra recomendación, tira a por los títulos de la EOI, de la FP o de Conservatorio.
Un saludo.
Buenas, si estoy en el número 2500 en la bolsa de inglés ¿Es posible que me llamen antes de enero? Es solo para saber una aproximación según la bolsa de otros años
Gracias de antemano
Antes de nada muchas gracias por vuestra labor!! Quería preguntarles, si mañana estamos en la resolución de personal seleccionado, si alguien reclamase posteriormente esa Lista de seleccionados cuando se publique en el BOJA y tuviese la razón… A los que ya estábamos seleccionados podrían sacarnos para dárselo a esa persona o ya no nos mueven? Muchas gracias.
Jajaja Elena ¿todavía no te lo crees verdad?
No puede ser… pensarás… algo pasará y me quitarán mi plaza….
No te agobies con ese tipo de pensamientos.
En los casos extremos como el que comentas es el juez quien decide lo que hacer y normalmente lo que dicta es que se dé una plaza al recurrente sin quitarle plaza a nadie.
Un saludo y atenta a la newsletter porque estamos a punto de anunciar algo muy gordo para los que habéis obtenido plaza.