La Consejería de Educación ha publicado los listados definitivos completos y ordenados de todas las bolsas de trabajo docente del Cuerpo de Maestros para el curso 2020/2021 en Andalucía.

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Bolsas definitivas del Cuerpo de Maestros de Andalucía publicadas y reordenadas con el tiempo de servicio reconocido y cerrado a 30 de junio de 2021:

  • Bolsas de Primaria y sus bilingües
  • Bolsas de Infantil y sus bilingües
  • Bolsas de Música y sus bilingües
  • Bolsas de Educación Física y sus bilingües
  • Bolsa de Audición y Lenguaje
  • Bolsas de Lenguas Extranjeras Inglés, Francés y Alemán
  • Bolsa de Pedagogía Terapéutica

¿Cómo se pueden ver los listados de las bolsas?

Los listados definitivos de las bolsas de trabajo no son de consulta abierta y pública; la Consejería de Educación solo ha habilitado la Consulta Individualizada para aquellos que ya están en las bolsas a través el siguiente enlace:

Para poder acceder a la consulta de una bolsa debes pertenecer ya a dicha bolsa, ya sea como interino con tiempo de servicio o como aspirante en bolsa sin tiempo de servicio.

Hay cuatro métodos de acceso a la consulta de las bolsas:

  1. Con localizador.
  2. Con Cl@ve
  3. Con certificado digital
  4. Con usuario y contraseña IdEA (Séneca)

¿Qué podrás ver en la consulta personalizada?

Lo más importante es que podrás ver tu posición «absoluta» en bolsa, es decir, la posición total en la que estarás todo el curso 2020 – 2021 en todas las bolsas a las que pertenezcas como interino o como aspirante. Dicha posición absoluta se consulta en la fila de la tabla marcada con el encabezado «Nº de Orden en la Bolsa».

Además, dentro cada bolsa en la que estés, en la fila de la tabla marcada con el encabezado «Puesto / Especialidad» aparece una lupa donde podrás ver la bolsa completa con todos sus integrantes en tramos de mil personas.

También se puede consultar el tiempo de servicio que, si es el caso, tienes reconocido en la bolsa, cerrado a fecha 30 de junio de 2021.

Plazo de Recursos contra las bolsas

Al tratarse de una resolución definitiva, ya no hay un plazo de alegaciones o reclamaciones, solo existe la posibilidad de interponer, potestativamente, un recurso de reposición, ante la persona titular de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o alternativa y directamente, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Es decir, si no estás de acuerdo con tu posición o la de cualquier otro integrante de las bolsas podrás interponer los siguientes recursos en los siguientes plazos:

  • Recurso de Reposición del 4 de agosto al 4 de septiembre de 2021
  • Recurso Contencioso Administrativo del 4 de agosto al 4 de octubre de 2021

Si vas a interponer un recurso, ya sea de reposición o contencioso administrativo, es conveniente que te asesore un abogado. Nosotros contamos con la colaboración de una abogada con más de 20 años de experiencia en recursos contra la Junta de Andalucía. Eso sí, ella no coge todo los casos, por ética profesional sólo te lo llevará si pasa un doble cribado y ve que jurídicamente el caso tiene fundamentos suficientes como para poder ganarse. Primero nosotros hacemos un primer cribado antes de pasarle el caso y posteriormente ella hace el suyo. Si te interesa, cuéntanos tu caso mandando un email a interinos(arroba)sipri(punto)es, nosotros haremos un primer cribado y, si vemos viabilidad, te pasaremos el contacto de la abogada. Nota: sustituir (arroba) por «@» y (punto) por «.» lo ponemos así de raro para evitar que los bots automáticos nos manden correos.

¿Qué cosas se pueden recurrir?

Normalmente lo que la gente recurre es el tiempo de servicio o la no inclusión en alguna bolsa.

Normativa aplicable