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La Consejería de Educación de Andalucía ha emitido una nota oficial que aclara la normativa curricular vigente a emplear en las Oposiciones 2021 al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
En el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 11 diciembre de 2020 se publicó la Orden de 30 de noviembre de 2020, por la que se efectúa convocatoria de oposiciones 2021 para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y al Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño.
Dentro de dicha convocatoria, el punto 8.1.2. de la base octava regula las características de la segunda prueba de la fase de oposición, que consiste en la demostración de la aptitud pedagógica del opositor y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio de la docencia a través de la presentación y defensa de la Programación Didáctica (parte A) y en la preparación y exposición oral de una Unidad Didáctica (parte B).
Y uno de los factores clave que determinan tanto esta programación como las unidades didácticas es la normativa curricular vigente en Andalucía que hay que aplicar.
Normativa vigente en el momento de publicar la convocatoria
Y dado que desde que se publicó la convocatoria de oposiciones en Andalucía hasta ahora se han producido diversos cambios normativos, se hacía necesaria una aclaración oficial (tienes una captura al final de este artículo) con el objeto de dar garantías y seguridad jurídica tanto a los opositores como a los tribunales.
En dicha nota aclaratoria oficial se explica que:
La expresión “currículo vigente” de la convocatoria debe interpretarse en el sentido del currículo vigente en diciembre de 2020, por ser este el momento de publicación de la convocatoria de oposiciones en Andalucía para 2021.
Nota oficial Consejería Educación
La Programación Didáctica se tendrá que hacer para el curso 2020-2021
En lo referente a lo previsto en la citada base 8.1.2 de la convocatoria de oposiciones, la programación didáctica se realizará para el curso 2020/2021, con la normativa vigente a día de la publicación de la Orden de convocatoria en el BOJA (11 de diciembre de 2020).
Nota oficial Consejería Educación
Los cambios afectan a ESO y Bachillerato
Los cambios curriculares en Andalucía desde la publicación de la convocatoria de oposiciones han afectado a las enseñanzas de ESO y Bachillerato. Por tanto, en lo referente a lo previsto en la citada base 8.1.2 de la convocatoria, la programación didáctica se realizará para el curso 2020/2021, con la normativa vigente a día de la publicación de la Orden de convocatoria en el BOJA (11 de diciembre de 2020), que se expone en el siguiente apartado.
Normativa aplicable en las Oposiciones 2021 para ESO y Bachillerato
Las Enseñanzas donde podía haber dudas en los opositores por haberse producido cambios normativos recientes son la ESO y el Bachillerato.
La Consejería aclara cuál era la normativa curricular vigente en Andalucía a día 11 de diciembre de 2020 y que es la que hay que aplicar en estas oposiciones de 2021.
Normativa para la ESO en las Oposiciones Andalucía 2021
- Decreto 111/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía, sin las modificaciones introducidas por el Decreto 182/2020, de 10 de noviembre.
- Instrucción 9/2020, de 15 de junio, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se establecen aspectos de organización y funcionamiento para los centros que imparten Educación Secundaria Obligatoria.
Normativa para Bachillerato en las Oposiciones Andalucía 2021
• Decreto 110/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo del Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía, sin las modificaciones introducidas por el Decreto 183/2020, de 10 de noviembre.
• Orden de 14 julio de 2016, por la que se desarrolla el currículo correspondiente al Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado (a excepción de los artículos 21.6. y 32.2., anulados por sentencia judicial).
Hola! podrían decirme para bachilerato ¿cuál es el marco legislativo que regula la atención a la diversidad? Gracias!
Hola, si haces el máster de educación en especialidad de matemáticas, luego te puedes presentar a las oposiciones en la especialidad de dibujo?
Sí Sofía, a la de Dibujo o a la de Inglés o a la de Tecnología, a la que quieras.
Un saludo.
Hola buenas tardes, querría saber cuales son las modificaciones que hay incluir en la programación didáctica para la ESO y si hay que seguir incluyendo el Decreto 111/2016 del 14 de junio o hay que incluir el Decreto 182/2020 en vez de este?
Un saludo.
Buenas, he visto en otra fuente que:
«La programación deberá realizarse para el curso 21-22 con la normativa que estaba vigente antes de la publicación de la convocatoria en BOJA (se publicará una nota aclaratoria desde la CED), y se dejará abierta la posibilidad al opositor a contemplar la situación COVID en sus programaciones, siempre que esta afecte a la impartición de su asignatura»( En CSIF sobre la Mesa Sectorial Ordinaria del 9/02/21)
Yo se muy bien el carácter definitivo que podría tener dicha Mesa Sectorial. Por ello, aunque tengamos en cuenta la normativa hasta diciembre de 2020, ¿debemos hacer la programación para el curso 20-21 o para el 21-22?
Realmente no me queda claro, y teniendo en cuenta que el que se haga en uno o en otro variará mucho sobre si hacer mención o no a las medidas COVID, creo que es una cuestión muy importante.
Gracias de antemano.
Un saludo.
Efectivamente Paco, es una cuestión importantísima y que genera preocupación en casi todos los opositores.
Pero nosotros desde esta web no podemos hacer más que reflejar lo que la Consejería de Educación ha publicado de manera oficial y que puedes ver en este mismo artículo.
Si no hay más indicaciones oficiales, debe ser cada opositor el que, según su criterio, decida cómo enfocar su programación para tratar de obtener la máxima calificación.
Mucha suerte.
Buenas tardes,
aún hoy sigo dudando si tengo que incluir en mi programación para 4º de la ESO las modificaciones de la LOMLOE que hemos aplicado este curso, siendo la más significativa las evaluaciones en Junio para 4º. Entiendo que este aspecto debería estar incluido en mi programación, aunque no estoy seguro. ¿Y algo más?
Además, la CEJA publicó la Instrucción 9/2020, de 15 de junio, ¿la incluimos en lugar de la Orden de 14 de Julio de 2016?
Muchas gracias
Hola, con respecto al documento escrito de la programación didáctica para ESO, sé que se hace con la normativa vigente a día de la publicación de la convocatoria y que se ha aclarado que es el Decreto 111/2016 y la Instrucción 9/2020. Pero y ¿respecto a la LOMCE? La LOMCE también estaba vigente en ese momento, pero ahora no y no la nombra. Sé que es una modificación de la LOE.
¿Sería incorrecto nombrar la LOMCE en el apartado de normativa de la programación, o en algún otro apartado? ¿Y en la defensa?
¿Sería más conveniente hacer referencia solo a la LOE sin nombrar la LOMCE?
Muchas gracias
Buenos días , las programaciones donde tienen que ser entregadas y cuál es el formato que tiene que ir .Muchas gracias
Hola Sonia, se entregan al tribunal en su sede de actuación. En papel.
Un saludo.
Hola, referente a la programación didáctica tengo algunas dudas:
¿Referente al número de páginas establecidas, 60, cuenta como páginas el índice?
Existen criterios a seguir referente al tipo de letra y el interlineado (sencillo) pero la convocatoria parece que no especifica nada sobre los márgenes del folio.
¿Cual es la distancia en cm establecida en los márgenes y encabezados?
¿Se pueden modificar/reducir los márgenes izquierdo y derecho, y los encabezados superior e inferior?
Gracias
Hola Aida, tienes que ceñirte de manera escrupulosa a lo que indica la convocatoria de oposiciones.
Si algún detalle no lo encuentras, entonces aplica el caso más desfavorable para curarte en salud.
Por ejemplo, imagina que la convocatoria no aclara si el índice se cuenta para las 60 páginas o no. Entonces debes entender que sí se cuenta, es decir, el caso más desfavorable, así nunca meterás la pata.
Mucha suerte.
Hola, buenas tardes. En la primera prueba, ¿es necesario incluir la relación curricular en la redacción del tema y en los ejercicios prácticos? Si es así, ¿simplemente basta con citar los Decretos 110/2016 y 111/2016, con su Orden de 14 de julio correspondiente?
Hola José, debes ceñirte a lo que indique la convocatoria al respecto que, según lo que nosotros conocemos, es que no hay que hacer referencia al curriculo.
Mucha suerte.
Buenas tardes!. He sido profesora interina, durante 3 meses, sin embargo, actualmente estoy en desempleo.
En caso de que en julio 2021 me adjudicaran un empleo como administrativa interina en la Junta de Andalucía, por un período de 6 meses ¿podría participar en la provisión de interinidades, que se activan en septiembre? Entre las incompatibilidades, de participación he visto la siguiente:
Que no viene desempeñando ningún puesto o actividad en el sector público ni realiza actividades privadas incompatibles o que requieran reconocimiento de compatibilidad.
Mi intención sería renunciar al puesto de administrativa y comenzar con el de profesora, pero no sé si es compatible. Quedo a la espera de respuesta. Saludos.
Si en el momento de incorporarte a un puesto como interina docente renuncias a tu anterior empleo, no hay ningún problema María José.
Un saludo.
Hola, con respecto a la situación COVID, ¿hay alguna comunicación por parte de la Consejería de Educación en el que se indique como actuar? Si la programación para ESO y Bachiller hay que hacerla para el curso 2020/2021, la situación no ha sido «normal», ¿habría que hacer referencia al COVID en este caso?
Muchas gracias.
Hola Miguel, la información que hay por ahora es la que puedes ver en este artículo.
El resto dependerá de tu criterio como opositor.
Un saludo y mucha suerte.
Buenos días!
Me presento a unas oposiciones de FP. Me gustaría saber cuando publicarán las fechas y el lugar de celebración… Me habéis enviado un calendario exponiendo que el día 19 se realiza el teórico y práctico, pero he dado por supuesto que esa fecha no corresponde a la FP, ya que me han informado que nosotros realizamos el día 20 el examen y después en otro día el práctico. Es la primera vez que me presento y es por eso que tengo dudas.
Gracias
Hola Carmen, el 19 es el acto de presentación.
Las pruebas empiezan el 20.
Un saludo.
Hola, para el caso de los Maestros de Taller en la especialidad de Talla en piedra y madera, cual sería la normativa aplicable a la programación didáctica. Gracias y saludos.
Buenas.
En la nota publicada, se aclara la normativa a aplicar en la segunda prueba, pero si en algún caso fuese necesario hacer referencia a alguna normativa en la primera prueba, ¿sería aplicable el mismo criterio? No encuentro ningún sitio donde se haga referencia a ello, ni en la nota aclaratoria, ni en la convocatoria del proceso selectivo.
Un saludo y muchas gracias.
Hola Mario, bajo nuestro punto de vista, sería así. Aunque nuestro consejo sería que siempre argumentaras con solidez por qué haces referencia a dicha normativa.
Mucha suerte.
Buenos días:
Estoy preparando la programación didáctica para un módulo de un ciclo formativo superior de FP. Dado que la nota aclaratoria se refiere solamente a las enseñanzas que hayan sufrido modificaciones curriculares con posterioridad al 11/12/2020, es decir a Bachillerato y ESO, pero entiendo que FP no, ¿podría en mi caso realizar la programación para el curso que viene 2021/2022?
Hola Rosario, efectivamente parece que la Consejería no se opone a que programes para el 21-22 en FP. Aunque si lo que quieres es nuestra opinión, a nosotros nos parece más prudente hacerlo para el 20-21, ya que la Consejería lo ha aconsejado así para otras enseñanzas como ESO y Bachillerato.
Es solo nuestro punto de vista y por tanto eres tú la que personalmente y con la ayuda de tu preparador o academia debe tomar la última decisión.
Un saludo y mucho ánimo.
Y en cuanto a normas y adaptaciones sobre el COVID-19 ? Todo se debe explicar en » condiciones normales?
Muchas gracias!
Hola Fernando, no hay nada que «se deba» hacer a ese respecto al no ser las instrucciones Covid parte del currículo oficial. Depende del criterio personal y del sentido común de cada opositor, como otros muchos aspectos de la programación.
Dicho esto, lo normal sería hacer referencia en un sentido u otro a la situación actual en los centros.
Un saludo y suerte.
Buenas tardes, estoy realizando la programación para 4º de ESO, la cual he modificado varias veces según lo publicado. El caso es que, para este curso escolar 2020-2021, SI se aplica el punto 4 del Decreto 182, del 10 de noviembre, que hace referencia a la Convocatoria Extraordinaria para el alumnado de 4º de ESO, la cual debe de realizarse antes del 24 de junio de 2021, creo recordar.
Ante esta contradicción de No incluir nada del Decreto 182, ¿debo de establecer la convocatoria Extraordinaria para los primeros días de Septiembre como se hacía hasta el curso pasado, o debo de hacer mención a este punto, aunque no la incluya en la Normativa?
Muchas gracias de antemano
Hola Inmaculada, las instrucciones oficiales de la Consejería no dejan lugar a la duda, debes aplicar exactamente lo que diga el Decreto 11/2016, obviando totalmente todo lo que se establezca en el Decreto 182/2020. En otras palabras, como si el 182/2020 no existiera.
Gracias a ti.
Buenos días,
Me podrían por favor decir cuándo saldrían las notas de oposiciones secundaria Matemáticas?
Y fechas de lo que queda de proceso: entrega de programaciones didácticas y llamamientos para defensa
Gracias
Buenos días Francisco José, hemos realizado un artículo con a previsión de fechas:
https://sipri.es/oposiciones/andalucia-2021-fechas-notas-primer-examen-entrega-programacion-segunda-prueba/
Un saludo.
Buenas tardes,
Encuentro información contradictoria sobre la programación a presentar. Me presento por ADE que creo pertenece al grupo de profesores de secundaria, y por lo tanto debo de cambiar mi programación y hacerla para el 2020/2021. ¿Es esto correcto?
Buenos días Antonio, estamos de acuerdo contigo. Nosotros interpretamos que la programación, según las aclaraciones de la Consejería, es más conveniente hacerla para el curso 20-21.
Un saludo y mucha suerte.
Hola, quería saber si se ha modificado el curso en el que se debe hacer la programación didáctica. En principio se suponía que iba a ser este curso vigente 20-21, pero después se publicó que sería para el 21-22. Tengo duda porque ahora me ha parecido entender que vuelve a ser este curso vigente. Muchas gracias.
Hola Cristina, según la nota aclaratoria oficial emitida por la Consejería de Educación, la programación tiene que ser para este curso 20-21.
Suerte y gracias a ti.
¿ Y en el caso de EOI? Yo la tengo para el curso 20/21, en cambio, unos compañeros la tienen para 21/22… No puedo evitar tener dudas..
Buenas
Hay algún cambio en la normativa de los profesores de secundaria para ciclos, por lo que entiendo no, ¿es así?
Gracias de antemano.
Correcto María Dolores, solo se han producido cambios en ESO y Bachillerato desde la publicación de la convocatoria, por eso la Consejería no indica nada al respecto del resto de enseñanzas tanto de FP como de Régimen Especial.
Un saludo.
Muy buenas,
Acabo de ver el listado de admitidos y mi solicitud para presentarme a las oposiciones de secundaria aparece como no excluida, debo entender entonces que estoy admitido, ¿no? Es el primer año que me presento y aun hay cosas que no se como funcionan.
Muchas gracias por toda la información que ofrecen.
Un saludo
Hola Jose, si te dicen que no estás excluido es porque estás admitido.
Si le das al botón verde de «+ ver detalles» podrás ver otros datos interesantes.
Gracias a ti.
Muy buenas! Entonces no debemos hacer alusión a la LOMLOE o a la Orden 15 de Enero? Qué ocurre si las nombramos para mostrar al tribunal que estamos actualizad@s? Penalizaría? Me parece bastante absurdo tener que seguir citando normativa antigua existiendo ya la nueva que la deroga…
Hola Alba, ese tipo aspectos son muy importantes y debes estudiarlos bien y cotejarlos con tu preparador con mucha prudencia para guardar un equilibrio que te permita demostrar que estás al día y, a la vez, cumples las directrices de la Consejería.
Un saludo y mucha suerte.
Buenos días,
Entiendo que esta información es solo aplicable a la segunda prueba de la oposición; con lo que para realizar la primera (tema teórico y supuesto) podríamos hacer uso de la legislación vigente??
Gracias
Bajo nuestro punto de vista, Carmen, no parece lo más lógico. Pero ya eres tú con tu criterio de opositora quien debe decidir.
Mucha suerte.
Buenos días,
¿Qué normativa sería aplicable entonces para FP (básica y ciclos formativos de grado medio y superior?
Hola Elena, no hay cambios respecto a la FP. Debes emplear la que está vigente desde principio de curso.
Un saludo.
Hola,
En caso de haber oposiciones a Conservatorio de profesores en 2022, ¿cambiaría algún decreto u orden respecto a 2017? Es decir, afectaría la Lomloe en algo a nuestras programaciones?
Gracias.