Una vez finalizada la primera prueba y publicadas las notas es el momento de entregar la Programación didáctica al tribunal durante los días 29 y 30 de junio de 2022.

Una de la preguntas más recurrentes que estamos recibiendo estos días en sipri.es es si la programación la tiene que entregar el opositor en persona o se puede autorizar a alguien para efectuar dicha entrega.

Qué dice la convocatoria sobre la entrega de la programación

La convocatoria de oposiciones 2022 establece lo siguiente:

Tras la publicación de las calificaciones de la primera prueba, el personal aspirante que haya superado la misma, deberá entregar una programación didáctica en la sede de su respectivo tribunal desde el momento de la publicación de las referidas calificaciones de la primera prueba hasta las 19:00 horas y durante el día siguiente en horario de 9:00 a 19:00 horas. Quienes no entreguen en el plazo establecido la citada programación didáctica no podrán realizar la segunda prueba ni podrán, en consecuencia, continuar el procedimiento.

Como se puede observar, la convocatoria no determina si la entrega de la programación la puede hacer una persona autorizada o ha de ser el propio opositor quien la haga.

Cómo ha sido en los años anteriores

En las últimas convocatorias de oposiciones en Andalucía, sí se ha permitido la entrega de la programación por parte de una persona autorizada distinta del opositor.

Y en las oposiciones 2022 ¿puede entregar la programación una persona autorizada?

En vista de que la convocatoria no aclara nada y de que en años anteriores sí se pudo autorizar a otra persona para la entrega de la programación, sipri.es ha contactado con dos presidentas de tribunal diferentes de PT y de Infantil y todas ellas nos han asegurado que en las instrucciones internas que han recibido los tribunales, se les indica que los opositores sí podrán autorizar a otra persona para la entrega de la programación.

De todas maneras desde sipri.es, como web independiente, te aconsejamos que lo confirmes todo con tu tribunal, ya que las instrucciones no son públicas.

Cómo se autoriza a otra persona para entregar la programación al tribunal

Si eres opositor y quieres autorizar a otra persona para que entregue tu programación al tribunal debes redactar un escrito de autorización en el que aparezcan todos tus datos y los de la persona autorizada, así como las fotocopias de tu DNI y del DNI de la persona autorizada.

El autorizado deberá entregar la programación al tribunal junto con el escrito de autorización y las dos fotocopias de los DNI.

Aviso final: Sé prudente e intenta contrastar siempre la información con tu tribunal o con la Consejería de Educación, recuerda que sipri.es es una web informativa independiente que no pertenece a la Administración.