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ACTUALIZACIÓN ENERO DE 2026
LISTADO DEFINITIVO DE ADMITIDOS
(alegaciones hasta el 7 de enero de 2026) ↗
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La Consejería de Educación de la Junta de Andalucía ha establecido un tercer procedimiento para que los integrantes de las bolsas de trabajo docente del antiguo Cuerpo 591 declarado a extinguir (y que no hayan sido asimiladas al 598) puedan solicitar pasar al Cuerpo 590 de Secundaria.
Del mismo modo, con esta convocatoria se permite el acceso a estas bolsas a todo aquel interino o aspirante en bolsa sin tiempo de servicio que ya esté en cualquier otra bolsa de cualquier cuerpo y especialidad de Andalucía y además cumpla los requisitos de la bolsa o bolsas a las que desee acceder.

Para empezar, antes de nada, debes tener claro que esta convocatoria va dirigida a dos públicos muy diferentes:
1.- El profesorado integrante de las bolsas (con o sin tiempo de servicio) que pertenece desde antes a una o varias de las bolsas del antiguo Cuerpo 591 PTFP (declarado a extinguir) y que pasaron a ser del Cuerpo 590 de Secundaria. Este personal ya tuvo antes dos oportunidades para pasarse al 590. Pero aquellos que no lo hicieron en su día tienen ahora una tercera y seguramente última oportunidad para pasarse de la bolsa 591 a extinguir a la nueva bolsa 590. Si no entiendes muy bien qué es esto de «pasar del 591 al 590», lo explicamos todo en detalle en este artículo de cuando salió la primera oportunidad de cambiarse del 591 al 590.
2.- El personal integrante que esté dentro de cualquier bolsa de trabajo docente de cualquier cuerpo y especialidad de Andalucía, tanto los interinos con tiempo de servicio como los aspirantes en bolsa sin tiempo de servicio. Por tanto puede optar a estas bolsas restringidas cualquier persona que esté actualmente en bolsas del Cuerpo 590 de Secundaria, del 597 de Maestros, del 592 de EOI, del 593 o 594 de Conservatorios, del 598 de PESSFP o de los 595 y 596 de Artes Plásticas y Diseño.
Por consiguiente, aquellas personas que reúnen todos los requisitos de titulación pero que todavía no pertenecen a ninguna bolsa docente en Andalucía, NO pueden optar a estas bolsas restringidas.
Nuevas bolsas del Cuerpo 590 PES correspondientes a las antiguas del Cuerpo 591 de PTFP
En esta tabla están recogidas todas las especialidades del Cuerpo 591 (a extinguir) que pasaron al Cuerpo 590 con sus denominaciones y códigos, incluidas las bilingües. Estas del 590 son las bolsas que ahora se abren de manera restringida.
| Código Cuerpo 591 PTFP | Especialidad a Extinguir del 591 PTFP | Código nuevo Cuerpo Secundaria | Especialidad nueva del Cuerpo 590 PES en que se integra |
|---|---|---|---|
| 591202 | Equipos electrónicos | 590231 | Equipos electrónicos |
| 11591202 | Equipos electrónicos (Inglés) | 11590231 | Equipos electrónicos (Inglés) |
| 591205 | Instalación y mantenimiento de equipos térmicos y de fluidos | 590205 | Instalación de Mantenimiento de Instalaciones Térmicas de Fluidos |
| 591206 | Instalaciones electrotécnicas | 590206 | Instalaciones electrotécnicas |
| 11591206 | Instalaciones electrotécnicas (Inglés) | 11590206 | Instalaciones electrotécnicas (Inglés) |
| 591207 | Instalaciones y equipos de cría y cultivo | 590207 | Instalaciones y equipos de cría y cultivo |
| 591208 | Laboratorio | 590208 | Laboratorio |
| 11591208 | Laboratorio (Inglés) | 11590208 | Laboratorio (Inglés) |
| 591210 | Máquinas, servicios y producción | 590210 | Máquinas, servicios y producción |
| 591212 | Oficina de proyectos de construcción | 590212 | Oficina de proyectos de construcción |
| 591213 | Oficina de proyectos de fabricación mecánica | 590213 | Oficina de proyectos de fabricación mecánica |
| 591214 | Operaciones y equipos de elaboración de productos alimentarios | 590214 | Operaciones y equipos de elaboración de productos alimentarios |
| 11591214 | Operaciones y equipos de elaboración de productos alimentarios (Inglés) | 11590214 | Operaciones y equipos de elaboración de productos alimentarios (Inglés) |
| 591215 | Operaciones de procesos | 590215 | Operaciones de procesos |
| 591216 | Operaciones y equipos de producción agraria | 590216 | Operaciones y equipos de producción agraria |
| 591219 | Procedimientos de diagnóstico clínico y ortoprotésico | 590219 | Procedimientos de diagnóstico clínico y ortoprotésico |
| 11591219 | Procedimientos de diagnóstico clínico y ortoprotésico (Inglés) | 11590219 | Procedimientos de diagnóstico clínico y ortoprotésico (Inglés) |
| 591220 | Procedimientos sanitarios y asistenciales | 590220 | Procedimientos sanitarios y asistenciales |
| 11591220 | Procedimientos sanitarios y asistenciales (Inglés) | 11590220 | Procedimientos sanitarios y asistenciales (Inglés) |
| 591221 | Procesos comerciales | 590221 | Procesos comerciales |
| 10591221 | Procesos comerciales (Francés) | 10590221 | Procesos comerciales (Francés) |
| 11591221 | Procesos comerciales (Inglés) | 11590221 | Procesos comerciales (Inglés) |
| 591222 | Procesos de gestión administrativa | 590222 | Procesos de gestión administrativa |
| 11591222 | Procesos de gestión administrativa (Inglés) | 11590222 | Procesos de gestión administrativa (Inglés) |
| 591224 | Producción textil y tratamientos físicoquímicos | 590224 | Producción textil y tratamientos físicoquímicos |
| 591225 | Servicios a la comunidad | 590225 | Servicios a la comunidad |
| 11591225 | Servicios a la comunidad (Inglés) | 11590225 | Servicios a la comunidad (Inglés) |
| 591227 | Sistemas y aplicaciones informáticas | 590227 | Sistemas y aplicaciones informáticas |
| 11591227 | Sistemas y aplicaciones informáticas (Inglés) | 11590227 | Sistemas y aplicaciones informáticas (Inglés) |
| 591229 | Técnicas y procedimientos de imagen y sonido | 590229 | Técnicas y procedimientos de imagen y sonido |
| 11591229 | Técnicas y procedimientos de imagen y sonido (Inglés) | 11590229 | Técnicas y procedimientos de imagen y sonido (Inglés) |
Listado de Bolsas que se abren
Estas son las 31 bolsas a las que se puede acceder en esta convocatoria restringida:
| CÓDIGO | BOLSA – ESPECIALIDAD |
| 590231 | Equipos electrónicos |
| 11590231 | Equipos electrónicos (Bilingüe Inglés) |
| 590205 | Instalación y mantenimiento de equipos térmicos y de fluidos |
| 590206 | Instalaciones electrotécnicas |
| 11590206 | Instalaciones electrotécnicas (Bilingüe Inglés) |
| 590207 | Instalaciones y equipos de cría y cultivo |
| 590208 | Laboratorio |
| 11590208 | Laboratorio (Bilingüe Inglés) |
| 590210 | Máquinas, servicios y producción |
| 590212 | Oficina de proyectos de construcción |
| 590213 | Oficina de proyectos de fabricación mecánica |
| 590214 | Operaciones y equipos de elaboración de productos alimentarios |
| 11590214 | Operaciones y equipos de elaboración de productos alimentarios (Bilingüe Inglés) |
| 590215 | Operaciones de procesos |
| 590216 | Operaciones y equipos de producción agraria |
| 590219 | Procedimientos de diagnóstico clínico y ortoprotésico |
| 11590219 | Procedimientos de diagnóstico clínico y ortoprotésico (Bilingüe Inglés) |
| 590220 | Procedimientos sanitarios y asistenciales |
| 11590220 | Procedimientos sanitarios y asistenciales (Bilingüe Inglés) |
| 590221 | Procesos comerciales |
| 10590221 | Procesos comerciales (Bilingüe Francés) |
| 11590221 | Procesos comerciales (Bilingüe Inglés) |
| 590222 | Procesos de gestión administrativa |
| 11590222 | Procesos de gestión administrativa (Bilingüe Inglés) |
| 590224 | Producción textil y tratamientos físico-químicos |
| 590225 | Servicios a la comunidad |
| 11590225 | Servicios a la comunidad (Bilingüe Inglés) |
| 590227 | Sistemas y aplicaciones informáticas |
| 11590227 | Sistemas y aplicaciones informáticas (Bilingüe Inglés) |
| 590229 | Técnicas y procedimientos de imagen y sonido |
| 11590229 | Técnicas y procedimientos de imagen y sonido (Bilingüe Inglés) |
Requisitos generales y específicos SOLO para los actuales integrantes de una bolsa del Cuerpo 591 PTFP a extinguir y quieran pasarse a la nueva bolsa equivalente del Cuerpo 590.
Requisitos generales.
En el momento de la publicación de esta resolución, el personal participante deberá ser integrante de alguna de las bolsas de trabajo correspondientes del Cuerpo a extinguir 591 de Profesores Técnicos de Formación Profesional dependiente de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y reunir los requisitos específicos de la correspondiente especialidad del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria a la que pretende acceder. Estos requisitos se deben cumplir a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria, que es el 21 de noviembre de 2025.
Requisitos específicos.
a) Titulación universitaria. Poseer algunas de las titulaciones incluidas en el Anexo III de la Orden 10 de junio de 2020 para cada especialidad. Asimismo, y de haber accedido de modo ordinario (por oposición) a las bolsas de trabajo del Cuerpo 591 y no por bolsa extraordinaria, se podrá cumplir este requisito específico de titulación si se está en posesión del título de doctor, licenciado, ingeniero, arquitecto o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia, en virtud de lo establecido en el artículo 13 y la disposición adicional única del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero.
En el caso de que dichas titulaciones se hayan obtenido en el extranjero, deberá haberse concedido la correspondiente homologación por el Estado español, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones y los procedimientos de homologación, de declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y por el que se regula el procedimiento para establecer la correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas anteriores, o normativa de anterior de aplicación a la publicación de este real decreto; y en el Real Decreto 581/2017, de 9 de junio, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/55/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013, por la que se modifica la Directiva 2005/36/CE relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales y el Reglamento (UE) núm. 1024/2012 relativo a la cooperación administrativa a través del Sistema de Información del Mercado Interior (Reglamento IMI).
b) Máster, CAP o Equivalente. Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Con carácter general, cumplirá este requisito quien se encuentre en posesión del título oficial de Máster universitario que habilita para el ejercicio de las profesiones reguladas de profesor de enseñanza secundaria obligatoria y bachillerato, formación profesional y escuelas oficiales de idiomas, con independencia de la especialidad que figure en dicho título.
Están dispensados de la posesión del citado título oficial de Máster universitario quienes acrediten haber obtenido con anterioridad al 1 de octubre de 2009, algunos de los siguientes requisitos:
– Estar en posesión del Título Profesional de Especialización Didáctica, del Certificado de Cualificación Pedagógica o del Certificado de Aptitud Pedagógica.
– Estar en posesión del título de Maestro, Diplomado en Educación General Básica, Maestro en Primera Enseñanza o de un título de Licenciado en Pedagogía o Psicopedagogía, así como de cualquier otro título de Licenciado u otra titulación declarada equivalente al mismo que incluya formación pedagógica y didáctica. Este último supuesto deberá acreditarse con un certificado del Rector de la Universidad que haya expedido el título. En este certificado tendrá que constar:
• Que la fecha en la cual se obtuvo el título es anterior al 1 de octubre de 2009.
• Que la persona interesada ha superado un mínimo de 60 créditos relacionados con la formación pedagógica y didáctica que le aportan las competencias y conocimientos requeridos por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
– Se entenderán también dispensados de la posesión del citado título a quienes acrediten que en esa fecha estaban cursando enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos de Licenciados en Pedagogía o Psicopedagogía, y tuvieran cursados 180 créditos de estas enseñanzas antes del 1 de octubre de 2009.
– Haber impartido docencia durante dos cursos académicos completos o, en su defecto, doce meses en periodos continuos o discontinuos, en centros públicos o privados de enseñanza reglada debidamente autorizados, en los niveles y enseñanzas cuyas especialidades docentes se regulan en el Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre.
Nota: Esta información está basada en la Convocatoria Oficial que se ha publicado en BOJA y que te recomendamos que descargues para comprobar y contrastar la información (Descarga la Convocatoria del Boja).
Requisitos generales y específicos para los integrantes de cualquier bolsa docente de cualquier cuerpo en Andalucía
Requisito general.
En el momento de la publicación de esta resolución, el personal participante deberá ser integrante de alguna de las bolsas de trabajo docente de Andalucía.
No importa si se tiene tiempo de servicio o no. Tampoco influye si estás activo o inactivo, el requisito general solo es pertenecer a una bolsa en Andalucía, cualquier bolsa de los Cuerpos 590, 591, 592, 593, 594, 595, 596, 597 o 598.
Este requisito se debe cumplir a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria, que es el 21 de noviembre de 2025.
Debes tener en cuenta que si ya estás en una de las bolsas convocadas, no puedes volver a entrar en ella, tampoco para «actualizar méritos» ni nada parecido.
Requisitos específicos.
a) Titulación universitaria. Poseer algunas de las titulaciones incluidas en el Anexo III de la Orden 10 de junio de 2020 para cada especialidad.
En el caso de que dichas titulaciones se hayan obtenido en el extranjero, deberá haberse concedido la correspondiente homologación por el Estado español, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones y los procedimientos de homologación, de declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y por el que se regula el procedimiento para establecer la correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas anteriores, o normativa de anterior de aplicación a la publicación de este real decreto; y en el Real Decreto 581/2017, de 9 de junio, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/55/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013, por la que se modifica la Directiva 2005/36/CE relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales y el Reglamento (UE) núm. 1024/2012 relativo a la cooperación administrativa a través del Sistema de Información del Mercado Interior (Reglamento IMI).
b) Máster, CAP o Equivalente. Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Con carácter general, cumplirá este requisito quien se encuentre en posesión del título oficial de Máster universitario que habilita para el ejercicio de las profesiones reguladas de profesor de enseñanza secundaria obligatoria y bachillerato, formación profesional y escuelas oficiales de idiomas, con independencia de la especialidad que figure en dicho título.
Están dispensados de la posesión del citado título oficial de Máster universitario quienes acrediten haber obtenido con anterioridad al 1 de octubre de 2009, algunos de los siguientes requisitos:
– Estar en posesión del Título Profesional de Especialización Didáctica, del Certificado de Cualificación Pedagógica o del Certificado de Aptitud Pedagógica.
– Estar en posesión del título de Maestro, Diplomado en Educación General Básica, Maestro en Primera Enseñanza o de un título de Licenciado en Pedagogía o Psicopedagogía, así como de cualquier otro título de Licenciado u otra titulación declarada equivalente al mismo que incluya formación pedagógica y didáctica. Este último supuesto deberá acreditarse con un certificado del Rector de la Universidad que haya expedido el título. En este certificado tendrá que constar:
• Que la fecha en la cual se obtuvo el título es anterior al 1 de octubre de 2009.
• Que la persona interesada ha superado un mínimo de 60 créditos relacionados con la formación pedagógica y didáctica que le aportan las competencias y conocimientos requeridos por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
– Se entenderán también dispensados de la posesión del citado título a quienes acrediten que en esa fecha estaban cursando enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos de Licenciados en Pedagogía o Psicopedagogía, y tuvieran cursados 180 créditos de estas enseñanzas antes del 1 de octubre de 2009.
– Haber impartido docencia durante dos cursos académicos completos o, en su defecto, doce meses en periodos continuos o discontinuos, en centros públicos o privados de enseñanza reglada debidamente autorizados, en los niveles y enseñanzas cuyas especialidades docentes se regulan en el Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre.
Nota: Esta información está basada en la Convocatoria Oficial que se ha publicado en BOJA y que te recomendamos que descargues para comprobar y contrastar la información (Descarga la Convocatoria).
Presentación de solicitudes y plazo
El plazo de presentación de solicitudes es del 10 al 21 de noviembre de 2025, ambos inclusive
Quienes deseen participar en esta convocatoria restringida deberán cumplimentar el formulario del portal web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
Para acceder al formulario de solicitud será necesaria la autenticación previa mediante certificado digital, usuario IdEA o localizador.
La cumplimentación de la instancia mediante este sistema generará un número identificativo que dará validez y unicidad a esta.
Las solicitudes incluirán la autorización expresa para la consulta de datos de identidad. En el caso de que las personas solicitantes manifiesten su oposición a la verificación de su identidad o a la consulta de su titulación, estas deberán aportar los documentos (anverso y reverso) que acrediten las mismas, en formato de documento portátil (PDF).
Por cada una de las bolsas de trabajo de origen del Cuerpo a extinguir de PTFP se podrá solicitar el acceso exclusivamente a una bolsa del Cuerpo de Secundaria; aquella cuya especialidad y perfil lingüístico, tengan la misma denominación, de acuerdo con lo establecido la tabla de equivalencia de especialidades.
En el caso de que el personal participante desee acceder a más de una bolsa, deberá solicitarlo a través de una única solicitud de participación. Es decir, por ejemplo si quieres acceder a 3 bolsas restringidas de las que han salido solo tienes que echar una instancia, no 3, porque si echas 3 solo te contarán solo la última.
En el supuesto de que se presentara más de una solicitud de participación, solo se tendrá en consideración la última, quedando invalidadas las anteriores.
Una vez cumplimentadas las solicitudes en la forma a que se refiere este apartado, deberán teletramitarse mediante alguno de los distintos medios de firma electrónica de que disponga el formulario.
Las solicitudes deben ser presentadas convenientemente finalizadas y firmadas digitalmente. En ningún caso será tenido en cuenta ningún borrador de instancia que no haya sido finalizado, firmado y presentado dentro del plazo de presentación de solicitudes.
Petición de Provincias para las bolsas
Quienes participen en esta convocatoria consignarán en la solicitud al menos una provincia y, potestativamente, hasta las ocho provincias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en las que deseen ocupar puestos de trabajo para posibles vacantes o sustituciones durante el curso 2024/2025.
De no hacerlo así, se le incluirán de oficio las ocho provincias de Andalucía, por orden alfabético.
Quien consigne más de una provincia estará obligado a aceptar el primer puesto de trabajo que se le oferte en cualquiera de ellas. La no aceptación de dicho puesto supondrá la exclusión de la bolsa, salvo en los supuestos previstos en el artículo 51 de la Orden de 10 de junio de 2020.
No obstante, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional primera de la Orden de 10 de junio de 2020, el personal funcionario interino o, en su caso, aspirante a interinidad, que tenga acreditada una discapacidad igual o superior al 33% que participe en el presente procedimiento podrá marcar voluntariamente la petición de eliminación de las provincias consignadas y señalar las peticiones de centros y localidades.
Cómo se ordenan las nuevas bolsas
En cuanto a los actuales integrantes de las bolsas del Cuerpo 591 a extinguir que pasen a la nueva bolsa equivalente del 590, el Acuerdo de 18 de julio de 2023, regula en su apartado cuarto que cuando el personal funcionario interino acceda, por cualquiera de los procedimientos previstos en la Orden de 10 de junio de 2020, a una de las nuevas bolsas de trabajo que se crean como consecuencia de la nueva situación de las especialidades docentes prevista en la disposición adicional quinta de la Ley 3/2022, de 31 de marzo, se le computará desde la fecha de ingreso en la nueva bolsa el tiempo de servicio que tuviera reconocido al cien por cien siempre que se trate de la misma especialidad en la que lo hubiera prestado cuando dicha especialidad estaba adscrita a distinto cuerpo y quedará excluido de la bolsa equivalente del cuerpo a extinguir de profesores técnicos de formación profesional.
Por otro lado, si no te trata del paso de la misma bolsa de 591 a la misma del 590, el personal participante se ordenará de acuerdo con su situación en la bolsa de origen. En el supuesto de que un participante pertenezca a varias bolsas de trabajo docente de la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía, se tomará la bolsa de origen que le resulte más beneficiosa.
La ordenación del personal admitido en la presente convocatoria se llevará a cabo en función de lo establecido en el artículo 22.2 del Decreto 302/2010, esto es:
a) Personal con tiempo de servicio reconocido por la Administración educativa andaluza en la bolsa de origen, a 30 de junio de 2024, ordenado de mayor a menor tiempo de servicio.
b) Personal ordenado por la calificación obtenida en el último procedimiento selectivo y, a continuación, de otros procedimientos selectivos anteriores, teniendo prioridad el año posterior sobre el anterior.
c) Por último, figurará el personal que accedió a la correspondiente bolsa de origen a través de convocatorias extraordinarias, priorizándose la convocatoria más antigua sobre la más reciente.
En los casos de empate se procederá a ordenar por orden alfabético ascendente por el primer apellido de las personas empatadas a partir la letra H correspondiente al sorteo de 2025. El desempate se realizará en virtud de la posición ocupada en esta ordenación alfabética ascendente, siendo las primeras personas ordenadas aquellas cuyo primer apellido comience por la letra H establecida en el sorteo y las últimas aquellas cuyo primer apellido comience por la letra anterior a la H establecida en el sorteo.
Personal Interino con Tiempo de Servicio en el 591. Como ya se ha indicado, cuando el personal funcionario interino del 591 acceda a las bolsas objeto de esta convocatoria se le computará desde la fecha de ingreso en la nueva bolsa el tiempo de servicio que tuviera reconocido al cien por cien, siempre que se trate de la misma especialidad en la que lo hubiera prestado cuando dicha especialidad estaba adscrita a distinto cuerpo y quedará excluido de la bolsa equivalente del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de conformidad con lo establecido en el apartado cuarto del Acuerdo de 18 de julio de 2023.
Personas con discapacidad. En la ordenación de las listas a que se refiere esta base se tendrá en consideración lo establecido en el artículo 28.1 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía. A tal efecto, en cada lista de las especialidades y cuerpos docentes se incluirá a la persona con discapacidad que corresponda por su orden, tras cada nueve personas integrantes de dicha lista.
Publicados los listados provisionales de admitidos en estas bolsas restringidas
Los listados definitivos se han publicado en enero de 2026.
El 19 de diciembre de 2025 la Consejería de Desarrollo Educativo y FP de la Junta de Andalucía ha publicado la Resolución de 19 de diciembre de 2025, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se hacen públicos los listados provisionales del personal admitido y excluido de la convocatoria restringida realizada por Resolución de 29 de octubre de 2025, para el acceso extraordinario a las bolsas de trabajo docentes de las especialidades del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, procedentes de las especialidades del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
Si no estás de acuerdo con algo, tienes un plazo de alegaciones que va del 22 de diciembre de 2025 al 7 de enero de 2026, ambos inclusive.
¿Cómo te enteras de los listados definitivos cuando salgan? Sencillo, apúntate a nuestra newsletter y te avisamos por correo de todo.
Nota final: Toda esta información está basada en la Convocatoria Oficial publicada en BOJA y que te recomendamos que descargues para comprobarla y contrastarla por ti misma/o (Descarga la Convocatoria).
Más información: Información ampliada sobre el paso del 591 al 590.
Buenas tardes, pertenezco a la bolsa 591, que como estoy leyendo se extingue este año. Yo tengo vacante hasta junio 2026 de esa bolsa. No me pase en el plazo abierto a la correspondiente 590. Tenéis noticias de lo que va a pasar con los integrantes de esas bolsas que tiene tiempo de servicio, se les llamará el año que viene o el tiempo de servicio se pierde. Yo cumplo los requisitos para pasarme pero no vi ese plazo extraordinario para el paso de bolsas.
Hola María, desconocemos qué van a hacer con las personas que no realizaron el trámite en su día.
Un saludo.
Hola, fui admitido en las bolsas de Servicios a la Comunidad y Servicios a la Comunidad(inglés), pero en el portal docente sólo me aparece ésta última en el apartado de «mis puestos específicos acreditados». Debo reclamar que me incorporen la otra especialidad o cuando se ordenen las bolsas en verano ya apareceré?
Hola Barto, no te líes.
Servicios a la Comunidad no es un puesto específico, es una bolsa.
Igual que Servicios a la Comunidad bilingüe inglés, que es otra bolsa distinta.
Y, al mismo tiempo, estás habilitado para bilingüe por el hecho de pertenecer a dicha bolsa.
Por tanto todo es correctísimo, no te preocupes y no reclames nada.
Saludos.
Buenas tardes,
me encuentro actualmente en varias bolsas de las especialidades del antiguo cuerpo 591 y en sus respectivas equivalentes del 590. Según tenía entendido, la normativa indicaba que las bolsas antiguas del 591 desaparecerían en enero; sin embargo, veo que siguen activas y con movimientos.
Me gustaría saber cuándo se hará efectiva la eliminación definitiva de las bolsas 591 para unificarlas exclusivamente en el cuerpo 590.
Muchas gracias por su ayuda
Es tal y como dices Victoria.
La Consejería tiene que hacer efectiva dicha eliminación según normativa.
Un saludo.
A mí también me gustaría saberlo. He escuchado que, a pesar de que la normativa dice en enero (y ya estamos en febrero), no se hará efectiva la unificación hasta la colocación de efectivos allá por junio. ¿Sabrían decirme que hay de cierto es eso? Gracias de antemano.
Es posible lo que dices Lina, aunque la Consejería aún oficialmente no ha indicado nada al respecto.
Estaremos atentos.
Gracias por su respuesta. Sin embargo, ¿podrían indicarnos cuándo se llevará a cabo? La fecha inicial era el 19 de enero y ha pasado casi un mes desde entonces. Sería bueno contar con una fecha concreta o aproximada para nuestra planificación personal, saber en qué situación nos encontramos y así poder ordenar nuestras vidas. Les agradecería que nos facilitaran más información al respecto.
Por otro lado, es legal que la normativa diga una cosa y no la cumpla?
Muchisimas gracias, saludos
Totalmente de acuerdo Victoria.
Sería deseable que la Consejería procediera al cumplumiento de lo anunciado o, en caso negativo, que informara a los interesados pero, que nosotros sepamos, todavía no lo ha hecho.
Eso sí, en cuanto sepamos algo informaremos al respecto, porque a día de hoy, como decimos, no han emitido ningún tipo de información oficial sobre el asunto.
En cuanto a la «legalidad» o no, no somos expertos en temas jurídicos y no sabríamos decirte.
Un saludo.
Buenos días, acaban de volcar las listas de las 591 a las 590. Yo estaba inactivo voluntario porque estoy trabajando, ¿Como puedo ponerme inactivo en la nueva lista? ¿Es posible?. En el caso que no sea posible, me echarán si me ponen inactivo de oficio. Gracias
No se entiende tu pregunta Pablo.
¿La puedes reformular?
Buenos días, intento explicar, yo figuraba como inactivo voluntario en la bolsa 591 extinguida, hice el trámite para cambiarme a la 590, y ahora aparezco en la 590 como activo y no puedo ponerme inactivo voluntario. Estoy en el puesto 9 y no quiero que me convoquen, por eso estaba inactivo voluntario. Me echarán de la bolsa si me convocan y no participo ¿?
No Pablo, si no has hecho esa jugada este curso escolar no te expulsan, te ponen inactivo de oficio.
Saludos y gracias por la aclaración.
¿Cuando se espera que se habrán las próximas bolsas extraordinarias para personas que aún no están en bolsa? De que especialidades estaríamos hablando? Estaría interesado en matemática y en las del ámbito de empresa/comercio. Gracias de antemano!
Hola Alberto, ahora mismo en Andalucía se han abierto 54 nuevas bolsas extraordinarias de acceso libre para personas que aún no están en bolsa.
Mucha suerte y gracias por confiar en sipri.es como la principal fuente de información para el profesorado interino y aspirante de Andalucía.
Buenos días, estoy admitido en las bolsas restringidas convocadas en noviembre y también estoy dentro de otras bolsas extraordinarias que se convocaron en septiembre. Me gustaría saber si estas bolsas sólo duran lo que dure el curso y una vez termine el mismo se sigue formando parte de la bolsa para el curso siguiente o si por el contrario ya se deja de formar parte de las mismas. En el caso de permanecer, ¿hay que hacer algún trámite?
Gracias y saludos
Hola David, la bolsas de trabajo docente en Andalucía no caducan.
Saludos.
Buenas tardes, hoy han salido 21 plazas voluntarias y obligatorias de Tecnología y sólo hay 5 convocados, ya que la bolsa se ve que se agotó el martes, que convocaron a toda la bolsa y aún así quedaron plazas sin cubrir, ¿Deben de abrir procedimiento extraordinario? ¿Con lo que tardan en resolver uno, no van un poco tarde? ¿Cómo lo gestionan en ese caso? Muchas gracias
Pues sí Ana, la impresión es de que han esperado demasiado.
Saludos.
Buenas, no sabía nada acerca de la extinción de la bolsa 591. Yo no he realizado el trámite y he visto que ha finalizado el plazo en noviembre. Justamente en Diciembre durante un mes he realizado mi primera sustitución como interina. Y en unos días me incorporo a otra sustitución. En el SIPRI aparezco en la bolsa 590 y en otra ordenada según partado 3º del acuerdo 18/07/23.
Ante esta situación, para el próximo curso ya no apareceré en ninguna bolsa? Es que ahora que por fin he comenzado como interina y tengo al menos algo de tiempo de servicio.
¿Sabéis dónde puedo informarme sobre esto? Gracias
Hola Pamela, llama o acude presencialmente a la Delegación Territorial de Educación de la provincia donde estés trabajando.
Allí te informarán de tu situación concreta.
Saludos.
Buenos días, a ver si pudieran resolverme esta consulta. ¿Qué pasó con la convocatoria extraordinaria del 25-09-2025? La última actualización es del 1 de Diciembre y no han salido listados definitivos para algunas especialidades como Informática.
Hola José Pablo, no pasó nada especial.
Van saliendo poco a poco. Ten en cuenta que históricamente ha habido bolsas que los listados han tardado 2 años en salir (aunque no es lo normal).
Nosotros vamos avisando cuando salen listados si estás en la newsletter.
Saludos.
Si antes pregunto, antes lo ponen :D.
Gracias!
Jajaja, es verdad, impresionante tu puntería.
Hoy ha salido el listado definitivo que buscabas.
Buenas. ¿Hay fecha estimada para cuando salen las listas definitivas y se hacen efectivos los cambios de la bolsa?
Muchas gracias.
Sí Jose, este mes debería quedar todo ya cerrado.
Saludos.
Buenas,
¿A partir de qué día de enero comienzan a funcionar estas bolsas restringidas? En octubre comencé como interina de Técnicas y procedimientos de Imagen y Sonido y mi baja acaba el día 14 de enero. ¿Me llamarán a partir de ahora de esta nueva bolsa de mi especialidad? Muchas gracias por vuestra labor. Un saludo
Hola Paula, la bolsas restringidas comienzan a funcionar desde el mismo día en que salen los listados definitivos de admitidos en ellas.
Saludos.
Buenas, yo estaba en la bolsa restringida de servicios a la comunidad y la volví a echar, ahora me excluyen por pertenecer ya a la misma bolsa. ¿Eso quiere decir que me mantienen dentro? ¿Por qué las generan otra vez si había mucha gente en esas bolsas a las que nunca han llamado? Estoy a delegación pero es imposible que me atiendan y resuelvan la duda. Gracias por vuestro trabajo y hacerlo vosotros.
Efectivamente Susana, no se puede acceder a una bolsa en la que ya estás, por eso te han excluido del proceso, porque ya estás en bolsa.
Y seguirás en ella, claro.
Saludos y suerte.
Buenas tardes. Yo ahora mismo estoy en activo en una sustitución de la bolsa de Técnicas y procedimientos de imagen y sonido. En la antigua bolsa tenía puestas las ocho provincias pero en esta convocatoria restringida, por motivos personales y académicos, lo he dejado en dos provincias. ¿Cuándo se hace efectivo ese cambio de provincias para mí? Es decir, ¿si acaba mi sustitución de ahora ya me llamarían solo de esas dos provincias?
Por otro lado, el tiempo de servicio que llevo (que es poco) ¿pasa automáticamente a la nueva lista? ¿O tiene que haber otro proceso en el que me lo tienen que reconocer?
Por lo demás he entrado a una bolsa nueva de Servicios a la comunidad, y me preguntaba si en un futuro habría maneras de pasar tiempo de servicio de una lista a otra.
Espero que se entienda lo que planteo. Llevo poco como interino.
Hola Jose, ten en cuenta que a finales de enero desaparece ya definitivamente la bolsa 591 y te quedas solo en la 590, lógicamente con las provincias elegidas para dicha bolsa.
El tiempo sí, pasa automáticamente de la ya casi extinta 591 a la 590 automáticamente sin tú hacer nada.
En cuanto a pasar tiempo de servicio de una bolsa (que no lista) a otra se puede hacer en verano, en la Colocación de Efectivos.
Saludos del equipo de sipri.es
Buenos días, ya pertenecía a esta bolsa desde el hace años a servicios a comunidad y servicios a la comunidad por inglés, que consecuencias tienen no haber participado en esta convocatoria??
Hola Alicia, si no participas en una convocatoria para la que te han convocado obligatoriamente, te pondrán inactiva de oficio.
Saludos del equipo de sipri.es
Buenos días,
¿Estoy como aspirante en la bolsa de secundaría, puedo solicitar acceso a esta bolsa?¿ Si es así puedo estar en las dos bolsas?
Gracias
Sí, Ana, en Andalucía hace muchos años que te permiten estar en más de una bolsa.
Saludos.
Buenas tardes,
Tengo una pequeña duda, si en mis bolsas de origen estoy actualmente en 2 provincias y en la convocatoria de las bolsas restringidas me inscribo en 1 sola provincia, ¿qué ocurriría en ese caso, me pondrían de oficio en las bolsas restringidas las 2 provincias en las que estoy actualmente o cambiarían todas mis bolsas a la única provincia que he elegido en las bolsas restringidas?
Gracias de antemano.
No Ramón, el tema de las provincias va por bolsa.
Puedes estar en la bolsa X en las 8 provincias pero en otra bolsa Y en 1 sola provincia por ejemplo, a capricho tuyo.
Saludos del equipo de sipri.es
Hola! he realizado la solicitud para pasar a la 590 desde la 591, pero en la bolsa actual estoy en la situación de inactivo voluntario. Entiendo que paso a la bolsa 590 en la misma situación en la que estuviera en la anterior, es así?
Gracias! un saldo
Es así Alberto.
Saludos.
Buenos días,
Tengo una pequeña duda, ¿si en las bolsas de origen estoy actualmente en 2 provincias y en la convocatoria de las bolsas restringidas elijo solamente 1 provincia, que ocurriría?
Gracias de antemano.
No ocurrirá nada especial Ramón.
En las bolsas de origen seguirás en tus dos provincias.
Y en las nuevas que entres estarás solo en una.
Tú mandas.
Saludos del equipo de sipri.es
Hola, si estoy en otra bolsa y me apunto a esta bolsa restringida y me adjudican una plaza puedo rechazarla sin arriesgarme a ser excluida de mi bolsa de origen? Espero vuestra respuesta, muchas gracias!
Correcto Reyes, puedes hacerlo sin riesgos.
Te expulsan solo de la bolsa en la que has cometido la infracción.
Saludos del equipo de sipri.es
Buenos días,
Gracias ante todo por la labor que hacéis. Disculpadme, pero no sé si he lo he acabado de entender. En mi caso estoy en otra bolsa (Catedráticos), si participo en esta convocatoria, ¿salgo de la bolsa en la que estoy o me puedo quedar en las dos? Es decir, me muevo de una bolsa a otra.
Gracias de nuevo,
Un saludo,
Jesús.
No Jesús, te quedas en las dos.
O en las 7.
No hay límite de bolsas.
Saludos del equipo de sipri.es
Para que te admitan en estas bolsas, ¿que se tiene en cuenta, tu titulación o tu bolsa origen?
Ambas cosas.
Saludos.
Hola. Al acceder a estas nuevas bolsas, no salgo de las que ya estoy verdad?
Gracias por la información.
Correcto José Antonio, en Andalucía hace ya muchos años que no hay límite de bolsas en las que una persona puede estar.
Saludos del equipo de sipri.es
Hola! Quería hacer una consulta. Soy interina con tiempo de servicio y actualmente ocupando una vacante por segundo año. Si solicitara mediante esta convocatoria entrar en una de las bolsas convocadas, entraría en esa bolsa con el tiempo de servicio que tengo en mi bolsa actual y mantendría también el tiempo de servicio en mi bolsa actual? O entraría a esa bolsa sin tiempo de servicio?
Muchas gracias y enhorabuena por vuestro trabajo. Nos facilitáis mucho la vida
Hola Marisa, gracias por tus palabras tan amables.
Cuando entres, entrarás en la nueva bolsa SIN tiempo de servicio.
Saludos.
Hola!
Para formar parte de las bolsas y darse de alta al SIPRI, cómo puedo hacerlo?, he rebuscado por toda la página web y he intentando preguntar pero no encuentro la inscripción general.
Muchas gracias
Hola Paqui, para apuntarte a una bolsa ha de estar abierta, convocada.
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Saludos.