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Publicada la adjudicación definitiva de la Colocación de Efectivos de vacantes informatizadas (también llamadas «destinos provisionales») adjudicadas definitivamente para las bolsas y especialidades de los cuerpos docentes de Maestros, Secundaria, EOI, PTFP, PESSFP, Artes Plásticas y Diseño y Música y Artes Escénicas (Conservatorios) en Andalucía 2025, así como las reducciones de jornada concedidas para el curso 2025-2026.
Plazo para las Permutas 2023 en las bolsas de Secundaria, FP y ERE
Tras esta adjudicación definitiva se abren ahora tres plazos muy importantes:
✅ Plazo para solicitar permutas (del 12 al 26 de agosto de 2024). Solo interinos.
✅ Plazo del 12 al 14 de agosto para pedir la no incorporación al puesto (renuncias) solo para interinos.
✅ Plazo para rechazar la reducción de jornada del 12 al 19 de agosto.
Si el anterior link no te funciona, prueba este enlace alternativo.
Plazo para las Permutas 2025 en las bolsas de Secundaria, Primaria, FP y ERE en Andalucía
El plazo para solicitar permutas (o intercambios temporales) es del 12 al 26 de agosto de 2025 ambos inclusive.
Recuerda que sólo los interinos tienen derecho a permutar de los destinos de la Colocación de Efectivos. Ni los funcionarios en prácticas ni los funcionarios de carrera pueden permutar estas plazas.
Las permutas también se llaman «intercambios temporales» de puestos entre el personal interino adjudicado en Colocación de Efectivos.
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¿Cómo se pueden ver los listados completos de la adjudicación de destinos definitivos de la Colocación de Efectivos 2025?
Cuando se accede a la consulta individualizada de la Colocación de Efectivos, se puede ver la vacante (o destino provisional) adjudicada (si es el caso) en la parte de la pantalla que dice «Datos de la Adjudicación» (véase la captura de pantalla que mostramos más abajo).
Si quieres ver el listado de la adjudicación completa hay que pulsar en el botón verde de la lupa que tiene la leyenda de «Ver mis puestos».
Se abrirá entonces una ventana más pequeña donde seleccionaremos la bolsa y automáticamente se muestra una tabla con la adjudicación completa de vacantes.

Renuncias: Solicitud de no incorporación 2025
Aquellos interinos que han participado en la Colocación de Efectivos y que han obtenido una vacante informatizada en la resolución definitiva, tienen la opción de renunciar al puesto adjudicado si cumplen una serie de requisitos mediante la solicitud de no incorporación al puesto adjudicado.
Para aquellos que la Consejería resuelva positivamente la petición de no incorporación porque cumplan los requisitos, esta renuncia o solicitud de no incorporación a la vacante adjudicada no implica la expulsión de la bolsa y, en algunos casos, implica que te cuente el tiempo de servicio a efectos de ordenación en las bolsas de trabajo.
Ojo porque el plazo es muy limitado, solo tres días hábiles, del 12 al 14 de agosto de 2025, ambos inclusive.
Casos en los que se puede renunciar al destino adjudicado en la Colocación de Efectivos sin ser excluido de la bolsa en 2025 (solo interinos)
La normativa vigente para interinos en Andalucía permite solicitar la no incorporación al puesto adjudicado (renuncia) sin ser sancionado ni expulsado de la bolsa en los siguientes casos (requisitos):
a) Hallarse en alguna de las situaciones que establece el artículo 87.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (sólo para el personal funcionario de carrera) o en el caso de interinos, que desempeñe un alto cargo en la Administración de la Junta de Andalucía o sus Organismos Autónomos, ocupe un puesto de trabajo adscrito a personal eventual en la mencionada Administración, ostente la condición de Diputado del Parlamento de Andalucía, Senador o Diputado de las Cortes Generales o desempeñe cargos electos en las Corporaciones Locales de Andalucía. Se le computará, a los solos efectos de ordenación en bolsa, el período de permanencia en los cargos o puestos mencionados
b) Hallarse disfrutando de los períodos de permiso relacionados con la maternidad, la paternidad, la adopción o el acogimiento, o del período de descanso legalmente establecido para la maternidad. Estos solicitantes verán diferida la toma de posesión del puesto adjudicado hasta que finalice la circunstancia que motivó la no incorporación, para lo que deberá acreditarse el cese de la situación. Se le reconocerá como tiempo de servicio, en la bolsa de trabajo correspondiente, el que medie entre el día que determine la convocatoria correspondiente como fecha de incorporación a la vacante y aquel en que cese la situación alegada
c) Tener a su cargo, para su cuidado, un hijo menor de tres años. Esta circunstancia solo podrá ser aplicada una vez por hijo y curso académico. Se le declara activo no disponible (contando el tiempo a efectos de bolsa) durante todo el curso, salvo que antes de la finalización del curso el niño cumpla los tres años.
d) Tener a su cargo un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que por razones de edad, accidente o enfermedad, no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida. Esta circunstancia solo podrá ser aplicada una vez por curso académico. Se permanece como «inactivo voluntario» en la bolsa y no te cuentan el tiempo de servicio. Si la situación alegada desaparece, se puede pedir la reactivación en los periodos normalizados de antes de Navidad y Semana Santa.
e) Hallarse afectado el personal adjudicatario por enfermedad o accidente que imposibilite para el ejercicio de la docencia, tanto si se está o no en situación de incapacidad temporal. Esta circunstancia solo podrá ser aplicada una vez por curso académico. No se pierde la vacante, sino que se verá diferida la toma de posesión del puesto adjudicado hasta que finalice la circunstancia que motivó la no incorporación, para lo que deberá acreditarse el cese de la situación. Cuenta el tiempo de servicio para bolsa.
f) Acreditar que existe una circunstancia sobrevenida de protección por ser víctima de violencia de género o víctima de terrorismo.
g) Encontrarse ocupando puestos adscritos a centros o programas educativos en el exterior, convocados por la Administración educativa, o hallarse trabajando o pendientes de incorporación en el extranjero en programas o tareas de cooperación internacional, a través de convocatorias de las Administraciones Públicas. Esta circunstancia solo podrá ser aplicada una vez por curso académico.
h) Haber obtenido una ayuda o beca para cursar estudios, a través de las correspondientes convocatorias de las Administraciones competentes. Esta circunstancia solo podrá ser aplicada una vez por curso académico.
¿Estás pensando en renunciar y necesitas asesoramiento personalizado sobre las posibilidades y consecuencias de tu caso concreto?
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Preguntas frecuentes de Colocación de efectivos 2025
NOTA INFORMATIVA PREVIA
La información contenida en esta sección de Preguntas Frecuentes tiene carácter meramente orientativo y no tiene efectos jurídicos vinculantes. En ningún caso sustituye a la normativa reguladora del procedimiento publicada por la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de Andalucía. Para obtener información con validez legal, deberán consultarse exclusivamente la normativa oficial, entre otras:
- Resolución de 11 de junio de 2025, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se efectúa convocatoria para la adjudicación de destinos provisionales al personal docente para el curso académico 2025-2026.
- Resolución de 11 de junio de 2025, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se efectúa convocatoria para la adjudicación de destinos provisionales en los Conservatorios Superiores de Música y Danza para el curso académico 2025-2026.
- Orden de 10 de junio de 2020, por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes, la movilidad por razón de violencia de género y víctimas de terrorismo, las bolsas de trabajo docentes, así como las bases aplicables al personal integrante de las mismas.
- Decreto 302/2020, de 1 de junio, por el que se ordena la función pública docente y se regula la selección del profesorado y la provisión de los puestos de trabajo docentes.
¿Cómo sabré si la alegación presentada ha sido estimada?
El motivo de estimación o desestimación de cada alegación presentada no se comunica de forma individual. Con la publicación definitiva de la adjudicación de destinos, se dan por resueltas las alegaciones, con las modificaciones que procedan, tal y como se indica en el apartado 2 de la base decimocuarta de la convocatoria. Para conocer la posible causa de estimación o desestimación de su alegación, se recomienda consultar las respuestas a las preguntas frecuentes y revisar detenidamente la normativa aplicable.
A una persona con menos preferencia que yo le han adjudicado un centro que he solicitado y en teoría me corresponde.
Antes de comunicar el posible error:
- Compruebe en su solicitud que efectivamente el puesto y el centro (o localidad) están entre los seleccionados por usted (recuerde que los centros voluntarios no son considerados en la elección de localidad o provincia si no se seleccionan expresamente: CEPer, SEP, EOE, CPR, CPIFP… (ver Apartado 2 de la base decimotercera). De la misma manera, los puestos a media jornada son voluntarios y pueden ser adjudicados a personas con mejor preferencia que usted si estos no han sido seleccionados expresamente en su solicitud.
- Tenga en cuenta que, si tiene una comisión de servicio de tipo B o C, no pude ir un centro que esté situado en la misma localidad donde tenga su destino definitivo.
- Compruebe que pertenece a un colectivo con igual o mayor orden de preferencia, según lo establecido en la base primera de la resolución (según su situación administrativa a 1/09/25).
- Dentro de un mismo colectivo, compruebe que tiene preferencia, según los criterios para la adjudicación de destinos (generalmente, el apartado 2 de cada una de las base). Por ejemplo, si participa por comisión de servicio, las de tipo A tienen preferencia sobre las de tipo B y estas sobre las de tipo C (dentro del mismo tipo B o C no hay prioridad). Compruebe que la adjudicación del compañero o compañera con aparente menor preferencia que usted, no se ha producido de conformidad con la base decimoquinta de la Resolución de 22 de junio de 2018 (Permanencia del profesorado en los centros reconocidos como Comunidad de Aprendizaje).
- Además de los criterios de adjudicación anteriores debe comprobar si existe prelación regulado por Art. 28.1 Ley 4/2017, en las personas implicadas (se comprueba en la publicación de bolsa, este dato no aparece en la adjudicación de destino).
- Si usted accedió a través del procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos, regulado por Orden de 14 de noviembre de 2022, tiene que tener en cuenta que tendrán prioridad sobre su colectivo aquellos funcionarios y funcionarias de carrera que hubieran accedido al cuerpo o cuerpos correspondientes a través de convocatorias publicadas con anterioridad a la referida Orden de 14 de noviembre de 2022. En particular los que accedieron por la convocatoria regulada por Orden de 23 de febrero de 2022, y que por tanto tienen el mismo año de ingreso en el cuerpo y, probablemente, el mismo tiempo efectivo de servicio como funcionario.
Presenté una solicitud por el colectivo suprimido/desplazado, pero no se ha tenido en cuenta finalmente.
Aunque tenga un acta de desplazamiento firmada, tenga en cuenta que su solicitud será anulada si finalmente surge una vacante de su especialidad en su centro de destino. En este caso aparecerá el mensaje: Solicitud invalidada. No pertenece al colectivo por el que participa.
El apartado 1.3 de la base cuarta indica que con anterioridad a la resolución definitiva de este procedimiento, se retornará a su centro de destino al personal suprimido o desplazado si, con posterioridad al acto de desplazamiento o supresión, surgiera una vacante de su especialidad en el mismo. Para ello, gozará de prioridad respecto de otro personal desplazado de la misma localidad y distinto centro de destino.
Si tenía una comisión de servicio concedida y no presentó una instancia de participación por ese colectivo, permanecerá en su destino definitivo.
Tengo una comisión de servicios concedida y aún así aparezco en la adjudicación provisional con la Solicitud invalidada y el motivo No pertenece al colectivo por el que participa.
- Compruebe que efectivamente ha presentado una solicitud por el colectivo Comisión de servicio.
- Compruebe que la comisión de servicios le ha sido concedida por el cuerpo por el que participa y no en otro.
Tengo una comisión de servicio y no me han adjudicado ningún centro del mismo municipio en el que tengo el centro de destino definitivo.
Tenga en cuenta que:
- En las comisiones por conciliación familiar (Tipo B) o por razones de ocupación de un cargo electivo (Tipo C) no es posible seleccionar localidades o centros que se encuentren en el mismo municipio donde tengamos el destino definitivo. (Base sexta, apartado 1.2)
- Solo las comisiones por problemas de salud grave (tipo A) pueden solicitar localidades o centros que se encuentren en el mismo municipio donde tengamos el destino definitivo. (Base sexta, apartado 1.2).
- Si no tenemos destino definitivo podemos incluir puestos de trabajo en cualquier localidad, centro, zona o servicio educativo, por la especialidad de ingreso al cuerpo. (Base sexta, apartado 1.2).
Al consultar mi adjudicación aparece el mensaje: No existe ningún registro con ese NIF
Compruebe que está realizando la consulta en el entorno web que corresponde a su colectivo de participación. Hay cuatro publicaciones provisionales (y cuatro definitivas) posibles:
- Funcionarios de carrera del cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas
- Funcionarios en prácticas, interinos del cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas, funcionarios con comisión de servicio intercomunitaria y funcionarios de otros cuerpos que solicitan puestos específicos.
- Funcionarios de carrera de resto de cuerpos (Maestros, Secundaria, ERE.).
- Funcionarios en prácticas, Interinos, funcionarios con comisión de servicio intercomunitaria.
También puede ocurrir que simplemente no terminara el procedimiento y no firmó y presentó su instancia de participación.
Estoy habilitado por varias especialidades, ¿por qué no se han tenido en cuenta todas ellas en la adjudicación?
Los colectivos que pueden participar por todas las especialidades que tengan habilitadas o reconocidas son:
- a) Personal funcionario de carrera titular de un puesto de trabajo suprimido. (Base cuarta. apartado 1.1)
- b) Personal funcionario de carrera desplazado de su centro, zona educativa o servicio educativo de destino por insuficiencia total de horario. (Base cuarta. 1.1)
- d) Personal funcionario de carrera en el último año de adscripción en el extranjero que reingrese por este procedimiento. (Base séptima. 1.2)
- e) Personal funcionario de carrera que reingrese por este procedimiento, sin reserva de puesto de trabajo. (Base séptima. 1.2)
- f) Personal funcionario de carrera del ámbito de gestión de la Administración educativa andaluza que haya obtenido una comisión de servicio (Base sexta. 1.2):
- por razones de salud del profesorado que afecten muy gravemente al desempeño del puesto de destino. (TIPO A1)
- por razón de enfermedad grave, situación de dependencia reconocida en grado III o discapacidad reconocida igual o superior al 65% de familiares de 1er grado de consanguinidad, cónyuge o pareja de hecho. (TIPO A2)
- i) Personal funcionario de carrera que haya obtenido una comisión de servicio intercomunitaria. (Base sexta. 4)
Los colectivos que solo pueden participar por la especialidad de su puesto de destino o por la que accedió al puesto de destino son:
- c) Personal funcionario de carrera que se acoja a la opción de cambio de centro al finalizar el mandato en el ejercicio de la dirección en su centro de destino definitivo. (Base quinta. 1)
- f) Personal funcionario de carrera del ámbito de gestión de la Administración educativa andaluza que haya obtenido una comisión de servicio (Base sexta. 1.1):
- por razones de conciliación de la vida familiar, personal y laboral (TIPO B)
- por concurrir en él la condición de cargo electivo en corporaciones locales (TIPO C)
- g) Personal funcionario de carrera sin destino definitivo. (Base séptima. 1.4)
- h) Personal funcionario en prácticas. (Base octava. 2)
El personal funcionario interino puede (y debe) participar en las especialidades en las que tenga tiempo de servicio en bolsa. Aquellas especialidades, incluidos las bilingües, en las que no tenga tiempo de servicio en bolsa serán invalidadas en la solicitud de destinos provisionales.
Me ha adjudicado un centro que no he seleccionado expresamente en mi solicitud.
Si es funcionario de carrera y tiene una comisión de servicio concedida:
- Si tiene destino definitivo, compruebe que en su solicitud no marcó alguna provincia en el apartado 7. SOLICITUDES A PROVINCIAS, POR ORDEN DE PREFERENCIA (La cumplimentación de cada código de provincia incluirá petición a todos los centros de la provincia, a excepción de los incluidos en el apartado 2 de la base decimotercera y en los Anexos VI y VII).
- Si no tiene destino definitivo, y no se encuentra vacante entre los centros (o localidades) seleccionados, y no cumplimentó una instancia de participación (obligatoria según la Base sexta 1.1b) por el colectivo Personal funcionario de carrera sin destino definitivo se le adjudicará uno de oficio por provincias (Base séptima 1.5).
Si es funcionario en prácticas compruebe que cumplimentó el correspondiente anexo IV (Opositores), si no lo hizo se le adjudicará un destino de oficio por provincias.
También puede ocurrir que no encuentre el código del centro entre sus solicitudes si marcó solo el código de la localidad en la que se encuentra el centro.
Recuerde que para la adjudicación el proceso informatizado recorre, en primer lugar, todas las peticiones a centro o localidad, consignadas de forma voluntaria, hasta encontrar vacante, en la especialidad o especialidades que proceda. Es decir, busca si hay vacante de cada una de las especialidades válidas, en el orden solicitado, en el primer centro, si no es así buscará en el segundo, y así sucesivamente.
De no adjudicarse destino, el proceso recorre, una a una, las provincias reseñadas en la solicitud, por el orden en que figuran.
La petición de localidad o provincia incluye todos los centros de las mismas y la adjudicación se realiza, en el caso de la provincia, por el orden alfabético de las localidades (ordenadas sin tener en cuenta los artículos iniciales. Es decir, la localidad de Las Pajanosas se ordena por la letra P no por la L), y en el caso de las localidades, según el código numérico de los centros, ordenados de menor a mayor. No obstante lo anterior, si se solicitan puestos de los centros relacionados en el apartado 2 de la base decimotercera de la presente convocatoria, deberán incluirse expresamente los códigos de dichos centros, no considerándose incluidos en la localidad o en la provincia.
No se me ha tenido en cuenta un puesto específico para el que adjunté documentación acreditativa en la solicitud.
La acreditación de los puestos específicos no se realiza en este procedimiento, debería haberse realizado de forma independiente por el procedimiento establecido por Resolución de 9 de abril de 2025, entre el 10 abril y el 27 junio de 2025, a través del Portal Docente.
Puede consultar los puestos específicos que tiene acreditados en: Portal Docente > Datos administrativos > Información personalizada > Consultar puestos específicos acreditados.
En la solicitud de participación los puestos acreditados aparecerán con una marca (*) al lado del puesto específico en la columna ACR.
He cometido un error a la hora de ordenar o seleccionar puesto o centros, o el colectivo de participación, ¿puedo corregirlo en el plazo de alegaciones?
La base segunda, en su apartado 2, establece que:
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de su publicación en BOJA. Concluido dicho plazo, no se podrá modificar ningún dato ni ninguna petición consignados en las mismas. En el supuesto de participar por más de un colectivo a que se refiere la base primera, deberá cumplimentarse una solicitud por cada colectivo por el que se participe. Del mismo modo, concluido el plazo de presentación de solicitudes no se podrá solicitar cambiar el colectivo de participación cumplimentado por la persona solicitante. En el supuesto de presentarse más de una instancia por un mismo colectivo, solo se tendrá en cuenta la última, quedando invalidadas las anteriores.
¿Puedo solicitar la no incorporación al puesto definitivo adjudicado?
Solo el personal funcionario interino puede solicitar la no incorporación al puesto adjudicado, siempre que acredite encontrarse en alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 51 de la Orden de 10 de junio de 2020. El plazo para presentar la solicitud es de tres días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación de la resolución definitiva, mediante el formulario disponible en la consulta individual de la adjudicación definitiva. La Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos evaluará la documentación y resolverá lo antes posible, en todo caso antes del 30 de septiembre de 2025. Mientras no se dicte resolución positiva, la persona solicitante deberá incorporarse a su destino y permanecer en él. En caso de concesión, la situación en la que queda en la bolsa se encuentra detallada en el apartado 1 del artículo 52 de la citada Orden.
Soy funcionaria en prácticas, ¿puedo aportar nuevos méritos para que se valoren en la baremación de la oposición que he aprobado?
No. Las alegaciones sobre la puntuación en la baremación del anterior proceso selectivo debieron presentarse tras la publicación de los resultados. El procedimiento actual no es el cauce para realizar dichas alegaciones.
¿Puedo solicitar la anulación de reducción de jornada en el periodo de alegaciones a la adjudicación provisional?
No, solo se podrá solicitar durante los 5 días siguientes a la publicación de la resolución definitiva de adjudicación. (Base decimoctava, apartado 5)
Soy interino y no se me ha tenido en cuenta un puesto para el que estoy en bolsa.
Según la base décima, apartado 1, se entiende personal funcionario interino el integrante de las bolsas de trabajo de los distintos cuerpos y especialidades con tiempo de servicios en centros públicos […] Por tanto, para la colocación no se tienen en cuenta los puestos para los que no se tiene tiempo de servicios en bolsa, aunque se pertenezca a ella como aspirante. (Base décima, apartado 1)
En particular, los puestos bilingües sólo aparecen si se tiene tiempo en bolsa (es decir, se es interino). Los puestos específicos se tendrán en cuenta si se está acreditado o son de provisión voluntaria y además están asociados a la especialidad en la que se tiene tiempo de servicio (consulte el anexo II, de la convocatoria de acreditación de puestos específicos).
Buenas tardes,
El año pasado estuve haciendo una sustitución de unos meses hasta final de curso (no vacante) y este año tengo un nuevo destino como funcionario en prácticas. ¿El día 1 de septiembre debo presentarme en el centro anterior para poner y evaluar los exámenes de recuperación de la ESPA o debo tomar posesión en mi centro nuevo?
Hola Salva, felicidades por tu plaza.
Debes ir al destino obtenido en Colocación de Efectivos como funcionario en prácticas.
Saludos y que tengas un gran curso.
Buenas, posiblemente renuncié a incorporarme al destino definitivo que me han adjudicado. No cumplo ninguna de las excepciones para pedir formalmente la renunciar. Entiendo que me expulsarán de la bolsa en cuestión. Mi pregunta es si me mantienen en otras bolsas en las que estoy y puedo con normalidad pedir sustituciones en Sipri. Muchas Gracias de antemano!
Sí Emilio, te expulsarán solo de esa bolsa, del resto no.
En cuanto a pedir sustituciones en SIPRI, puede tardar unas semanas/meses mientras el sistema te vuelva a poner activo en el resto de bolsas.
Saludos.
Cuando se supone tendrá lugar la primera convocatoria de SIPRI?
Gracias
Cuando sepamos algo iremos informando en la newsletter.
Saludos.
Buenas, soy interino y me han dado vacante. ¿Es necesario realizar algún trámite o únicamente te incorporas al centro de destino el 1 de septiembre?
Gracias
No es necesario ningún trámite más hasta que llegues al centro adjudicado.
Saludos y que vaya bien el curso.
Que documentación debo acreditar para renunciar a mi destino siendo interina en este caso: Tener a su cargo un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que por razones de edad, accidente o enfermedad, no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida.
En mi caso sería por mis padres que tienen 86 y 81 años.
Libro de familia para demostrar que son tus padres, DNI de ambos padres e informes médicos o de Servicios Sociales indicando que no pueden valerse por sí mismos y declaraciones responsables de todos tus hermanos indicando que eres tú quien los cuida.
Saludos.
Buenos días,
qué documentos tengo que subir a la aplicación para que me aprueben la no incorporación por cuidado de un familiar, en este caso mi suegro que tiene 92 años.
¿es necesario vivir en el mismo domicilio?
Gracias y saludos
Libros de familia tuyo y de tu marido para demostrar que es tu suegro, DNI del suegro e informes médicos o de Servicios Sociales indicando que no pueden valerse por sí mismos y declaraciones responsables de todos sus hijos indicando que eres tú quien lo cuida.
Lo del padrón, si lo cumples, mejor.
Saludos.
Hola, soy funcionaria en práctica de primaria y me ha tocado en el destino definitivo el puesto CIENCIAS SOCIALES, GEOGRAFÍA E HISTORIA (MAESTROS EN ESO), tengo algunas dudas.
¿Solo doy clase en la ESO y esa asignatura nada más o también en primaria? ¿Tendré una tutoría en la ESO o en primaria?
Agradecería si alguien me podría dar más información sobre en qué consiste mi función.
Saludos
Pues depende, sobre todo de si te han dado un Semi-D o te han dado un IES.
En todo caso, eso lo verás cuando llegues al centro en septiembre.
Saludos y buen año en prácticas.
Buenos días
Quisiera saber si conocen los motivos por los que se han dejado vacantes sin adjudicar en este último proceso de colocación de efectivos. Hay tanto nuevas vacantes a jornada completa como a media jornada (plazas no orgánicas) que no se han cubierto, habiendo aspirantes en lista.
Lo desconocemos Guillermo.
Saludos.
Buenas tardes.
Me han adjudicado un centro que se encuentra a 140km de mi domicilio.
Mi mujer tiene un prolapso en la vávula mitral y necesita un seguimiento de su problema.
Por lo tanto, la lejanía del destino me impide estar con ella en caso de que le suceda algo.
¿Puedo alegar este motivo para solicitar la renuncia a mi destino?
Lo podrías intentar.
Saludos y suerte.
No me han adjudicado destino.
Pertenezco al cuerpo 954.
Es posible que comenzado el curso puedan adjudicarme tanto bacante como sustituciones?
Debo esperar a que pasen las primeras semanas para solicitar Prestación por desempleo?
Si pertenezco a dos bolsas sel mismo cuerpo, en la primera convocatoria se SIPRI, aparecerán ofertas para ambas?
Gracias
Tras 27 años de tps he quedado fuera. No tengo ni idea de cómo funciona SIPRI. Espero no tener que utilizarlo mucho.
Gracias de nuevo.
Es
Sí, te pueden dar sustitución o vacante.
Aparecerán las ofertas que haya para todo el 594.
El paro ya sabes que tienes 15 días para solicitar la cita previa, infórmate bien en el SEPE no vaya a ser que te lleves un susto.
Saludos y mucha suerte.